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  • En 2015, las Audiencias Provinciales dictaron 4.347 sentencias sobre productos financieros complejos, un 140% más que en 2014 y un 400% más que en 2013.
  • El 93,46% de las sentencias fueron favorables a los inversores (particulares y pymes) frente a las entidades financieras.

En los últimos tres años, los tribunales españoles han dictado más de 7.000 sentencias relacionadas con productos financieros complejos: preferentes, ‘swaps’, productos estructurados y obligaciones subordinadas. En 2015, tan sólo las Audiencias Provinciales emitieron 4.347 sentencias, lo que supone un 140% más que las dictadas en 2014 (cuando se resolvieron 1.805 casos) y un 400% más que en 2013 (con 1.011 casos), según refleja el Observatorio de la Jurisprudencia de Productos Financieros Complejos 2015, elaborado por el despacho de abogados JAUSAS.

El importante aumento del número de sentencias en el último año, incluidas las 15 que ha dictado el Tribunal Supremo, va unido a un creciente porcentaje de fallos favorables a los inversores frente a las entidades financieras en todos los productos e instancias analizadas, con una media global del 93,46% y lcanzando, en algunos de ellos,umbrales cercanos al 100%. “La comparativa entre los años 2012 y 2015 no deja lugar a dudas: ha habido en España malas prácticas generalizadas en la comercialización de los productos financieros”, asegura Jordi Ruiz de Villa, socio de litigación bancaria de JAUSAS.

Preferentes, swaps, productos estructurados y obligaciones subordinadas Sólo en relación a las participaciones preferentes, en 2015 las Audiencias Provinciales han fallado en 2.605 ocasiones, mientras que en 2014 fueron 512 y en 2013 sólo se dictaron 40 sentencias. Este incremento de procedimientos es superior al 400%, en los cuales hubo un porcentaje de éxito del 98,15% para particulares y de un 80% para pymes en sus reclamaciones.

Por su parte, el porcentaje de éxito judicial en acciones de nulidad de permutas financieras (swaps) en Audiencias Provinciales en 2015 fue de un 82,5% (605 sentencias de un total de 733), claramente superior al del año 2014, que fue de un 74,17% (784 sentencias sobre 1.057) y del año 2.013 que fue de un 70,55% (635 sentencias sobre 900).

También ha crecido el porcentaje de las reclamaciones de nulidad de productos estructurados en segunda instancia en 2015, que se situó en un 54,88% frente al 241,81% de 2014. El porcentaje de éxito en inversores particulares fue de un 56,72% en 2015, mientras que en pymes se situó en un 38,43%. En cuanto a las obligaciones subordinadas, el porcentaje de éxito de las pymes ha bajado de un 100% en tres casos, a un 90,99% en 30 casos y en los particulares ha subido del 89,26% al 93,5% en los dos últimos años.

Sentencias del Tribunal Supremo 

En cuanto a las sentencias del Tribunal Supremo sobre estos productos financieros, el Observatorio refleja que la jurisprudencia del Alto Tribunal fue escasa durante los años 2012 y 2013 (tres sentencias anuales) mientras que, a partir del año 2014 el número de sentencias prácticamente se ha duplicado de año en año. Así, en 2015 el Supremo dictó 20 sentencias, de las cuales 18 fueron a favor de los inversores y sólo dos en contra. Y en el primer semestre de 2016, la cifra de sentencias ya alcanza las 22 y, de ellas, únicamente dos son contrarias a los inversores.

Sentencias sofisticadas e inversores cualificados 

El Observatorio refleja que la jurisprudencia es cada vez más sofisticada porque se observa un número creciente de sentencias a favor de los inversores cada vez más cualificados, como empresas que reclaman millones de euros, ayuntamientos, cooperativas, etc. “Algunas de las sentencias que hemos analizado demuestran que las Audiencias Provinciales -y también el Tribunal Supremo- empiezan a penetrar en el conocimiento de la estructura financiera de los productos financieros, los márgenes implícitos, la volatilidad, el valor de las opciones, la asimetría de información y riesgos y la enorme complejidad de los swaps de divisas, de tipos de interés y de inflación”, explica Ruiz de Villa.

El socio de JAUSAS añade que “también se aprecian precedentes que pueden afectar a sectores económicos determinados. Así, por ejemplo, las dos sentencias del Tribunal Supremo relativas a empresas de energías renovables han provocado que el fondo de financiación de litigios Therium haya ofrecido públicamente financiar los costes (y riesgo de costes) de los litigios de empresas de energías renovables por la mala comercialización de swaps de tipos de interés a cambio de un porcentaje del éxito de la reclamación”.

Otra de las conclusiones que indica el informe es el cada vez mayor número de sentencias a favor de entidades públicas y privadas de gran tamaño, lo que según Ruiz de Villa “apunta una tendencia lógica puesto que tal como ha declarado el Tribunal Supremo en varias sentencias, el hecho de tener experiencia empresarial o ser una empresa más o menos grande no implica per se tener conocimientos financieros sofisticados”.

Responsabilidades

Ante las malas prácticas generalizadas en la comercialización de los productos financieros en España que se desprende de los datos analizados en el Observatorio de Jurisprudencia, el socio de litigación bancaria de JAUSAS cree que “el Banco de España fracasó en su labor al permitir la capitalización de las entidades mediante la emisión de productos complejos y de alto riesgo por parte de las entidades que estaban en mala situación económica y, por su parte, la CNMV fracasó al permitir dichas emisiones con una información poco rigurosa y no sancionar de forma ejemplar las entidades para evitar que sigan comercializando productos tóxicos”.

 




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