El Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Barcelona ha homologado un acuerdo entre Zurich, como aseguradora del Servei Català de la Salut y los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, por el que se indemniza a los hijos y esposo de una paciente, de 70 años de edad, que fue operada para la colocación de una prótesis de cadera y falleció el mismo día como consecuencia de la hemorragia causada por un tornillo mal implantado, que le perforó la vena ilíaca. La cuantía indemnizatoria es de 69.172 Euros. Al esposo y viudo le corresponden 50.000 Euros y para cada uno de los cuatro hijos de la fallecida un total de 4.793 Euros.
Tras un procedimiento penal archivado, se interpuso una demanda civil contra la Aseguradora del Hospital de la Sta. Creu i St. Pau (Barcelona) y del personal sanitario adscrito al Servei Català de la Salut, que fueron responsables del fallecimiento de la paciente que se intervino, en fecha 30/1/2014, para la simple colocación de una prótesis de cadera,
La demanda interpuesta sostenía que los cirujanos que intervinieron a la paciente, introdujeron incorrectamente un tornillo y más profundamente de lo debido, de manera que alcanzó la cavidad pélvica y lesionó la vena ilíaca. Que se trató de una lesión iatrogénica durante el acto quirúrgico, que se tradujo en una caída brusca de la tensión arterial, pero que inexplicablemente no se tuvo en cuenta y no se pusieron los medios necesarios para averiguar su causa.
También se imputaba una negligente asistencia durante el postoperatorio, en el que se evidenciaron claros síntomas de sangrado. Sin embargo, a pesar de las evidencias y de la extrema urgencia de la complicación, no se intervino a la paciente para reparar la vena lesionada hasta casi 6 horas después de su ingreso en Reanimación, lo que se tradujo en el desgraciado fallecimiento de la paciente.
Con la fecha de juicio señalado y a pocos días de su celebración, la demandada trasladó una oferta indemnizatoria que los familiares aceptaron y que se traduce en el Auto de homologación de acuerdo que dictó el Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Barcelona.
La defensa de la afectada ha sido ejercida por los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’.
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