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Miguel Pérez de Yrigoyen, del Bufete Yrigoyen Abogados

  • El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de El puerto de Santa María ha dictado la primera sentencia en materia de hipoteca multidivisa desde la sentencia dictada por el Tribunal Supremo.
  • La Sentencia condena a la entidad a anular las cláusulas multidivisas y dejar el préstamo hipotecario en euros.   

En fechas recientes se ha hecho pública una nueva Sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de El Puerto de Santa María que declara la nulidad de una “hipoteca multidivisa” suscrito entre una familia portuensa y la Entidad Bancaria BANKINTER.

Bajo la dirección letrada de Miguel Pérez de Yrigoyen, el Bufete Yrigoyen Abogados ha conseguido el dictado de esta sentencia que declara la nulidad parcial de una hipoteca multidivisa por abusividad en sus cláusulas, error en el consentimiento y dolo omisivo.

El Magistrado Don Lorenzo Rosa Lería es el autor de esta sentencia que constituye un auténtico manual de derecho bancario sobre este tipo de hipotecas, pues realiza un extenso y detallado análisis de la normativa aplicable a este tipo de productos bancarios, el estado de la jurisprudencia en España, los riesgos de la hipoteca multidivisa y la información que debía haber proporcionado la entidad.

El matrimonio afectado había visto como su hipoteca, referida a Francos Suizos, había supuesto un aumento de capital del 200%, y tratándose de una hipoteca de 145000 euros, y habiendo amortizado más de 60000 euros, por el desplome de la moneda suiza, se convirtió en un nuevo capital a devolver de 198.000 euros.

La entidad bancaria se opuso a la demanda, manifestando que el titular del préstamo era profesor de matemáticas y por tanto sabía lo que contrataba, lo que es rebatido por el Juez al manifestar que tal hecho “no determina en modo alguno que sea una persona con conocimientos en productos financieros bancarios.”, y sobre la esposa del profesor, a quien la entidad bancaria no se refirió en toda la demanda manifiesta el Juez en su sentencia “no acreditó que informara a la Sra. pues en su declaración no mencionó que hablara con ella. Por tanto, no existió información de ningún tipo a la Sra.”

La Sentencia recoge la escasa convicción que le mereció la declaración de la comercial de la Entidad Bancaria y reseña que la misma no supo explicar, a preguntas del Letrado Perez de Yrigoyen, qué era y en qué consistía el tipo de interés denominado LIBOR.

La Sentencia declara la nulidad parcial del préstamo hipotecario, declarando no aplicables las cláusulas referidas a divisas distintas al euro, declarando que deberá reducirse el capital inicial suscrito en el importe de capital amortizado durante la vida del préstamo, y declara, también, las costas del procedimiento judicial.

Como ha declarado Miguel Pérez de Yrigoyen, Abogado que ha dirigido el procedimiento judicial “lo novedoso de esta sentencia es, que sepamos, es la primera vez en la provincia de Cádiz se dicta un pronunciamiento judicial sobre Hipoteca Multidivisa aplicando la doctrina jurisprudencial establecida por el Tribunal Supremo en Diciembre de 2.015, por la cual este tipo de Hipotecas tienen la consideración de derivado financiero y por tanto el deber de información de la Entidad Bancaria es aún mayor que en una hipoteca normal. Nuestros clientes que vieron como de la noche a la mañana su hipoteca se multiplicada por dos, han comprobado que con la adecuada defensa se puede ganar a bancos.”

El Bufete Yrigoyen Abogados es un despacho jurídico con diversas áreas de especialización entre las que destacan el Derecho Bancario, este Despacho sólo representa a consumidores y usuarios y jamás ha representado los intereses de ninguna Entidad Bancaria.

Actualmente dirige más de cien demandas en materia bancaria, destacando los procedimientos para declarar la nulidad de las cláusulas suelo, donde ha obtenido varias Sentencias todas ellas favorables a los intereses de los consumidores y usuarios; también dirigen procesos judiciales para anular participaciones preferentes o contratos de intercambios de tipo de interés, denominados swap, de los que también ha obtenido varias Sentencias favorables.

La Sentencia no es firme y puede ser recurrida en Apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz que será la primera vez que deba pronunciarse sobre este tipo de producto bancario.




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