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  • A falta del visto bueno del Senado y su posterior publicación en el BOE, se espera que la nueva Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario entre en vigor en las próximas semanas.
  • Las entidades bancarias deberán hacer frente a una cantidad superior de gastos, y además tendrán que incrementar su control sobre la solvencia del prestatario.

Además del mundo inmobiliario, los sectores bancario, hipotecario y jurídico aguardan con máxima expectación el final de la tramitación parlamentaria de la nueva Ley Hipotecaria, que ya se encuentra en el Senado. La norma, que aspira a garantizar una mayor protección del consumidor y elevar la seguridad jurídica, obliga a los bancos a asumir nuevos costes y a ser más estrictos en la concesión.

“El proyecto de ley pretende dotar al sistema hipotecario español y, en particular, al régimen de concesión de préstamos y créditos con garantía hipotecaria inmobiliaria, de un marco jurídico seguro, ágil y eficaz que proteja este tipo de operaciones”, señaló José Ramón Couso, of counsel de Chávarri Abogados y presidente de la Sección de Derecho Bancario del ICAM.

Las condiciones que introduce y su impacto sobre el mercado conceden a este asunto “una indudable trascendencia económico-social”, según reconocieron los expertos durante una jornada sobre reclamación hipotecaria y la nueva Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, que organizó ayer la Sección de Derecho Bancario del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid en la sede del CES Cardenal Cisneros.

La nueva norma cumple con la necesidad de trasponer la Directiva 2014/17/UE al ordenamiento jurídico español, un proceso que acumula ya un notable retraso. Se trata de una exigencia del derecho comunitario, que “ha sido muy crítico con determinados comportamientos detectados en el mercado financiero y puestos de manifiesto durante la crisis bancaria y económica”, afirmó Couso.

Si bien el objetivo fundamental de la Ley es establecer normas para la protección de los consumidores, “el problema es que no se establece claramente el ámbito de aplicación de la Directiva, por lo que la geometría variable del concepto de consumidor hace que quede abierto”, declaró Ana Fernández-Tresguerres, notaria de Madrid.

Así, Fernández-Tresguerres precisó que, dada la aplicación parcial de la Directiva, “quedan para desarrollo reglamentario asuntos como la obligación de información al consumidor”. Por su parte, Rosana Viejo González, directora legal de Bankinter, afirmó que “el proyecto de ley es una buena noticia por los avances en términos de seguridad jurídica y claridad para las entidades, pero deja muchos temas abiertos para su interpretación jurídica”.

En cualquier caso, “la seguridad no sólo la dará esta ley sino la actuación de los prestatarios, los notarios y los bancos, que deben comprender que lo único que dará seguridad al mercado es que los contratos hipotecarios sean claros, sencillos y equilibrados”, comentó Segismundo Álvarez Royo-Villanova, notario de Madrid. Asimismo, recalcó la incertidumbre sobre el concepto de transparencia o comprensión material de los préstamos hipotecarios, que deja un importante margen a la interpretación.

Por último, sobre las principales novedades entre las enmiendas aprobadas por el Senado, Ángel Valero Fernández-Reyes, registrador de la propiedad nº 22 de Madrid, destacó la creación de un “crédito verde como garantía especial para la financiación cualificada de inversiones en edificios para mejorar la eficiencia energética o conseguir nuevas fuentes de energía, que establece un derecho preferente respecto de su aumento de valor”.




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