Juan Ignacio Navas Marqués
- El contrato no detalló los riesgos y sólo se informó de los beneficios sin advertir de los riesgos
- Pasados 10 años apenas habían amortizado capital
- Tuvieron que vender su segunda residencia para hacer frente a las cuotas
El juzgado nº 37 de Barcelona ha condenado a Targo Bank (del grupo Banco Popular y antes Banco Popular) por una hipoteca multidivisa colocada a una pareja de comerciales de 65 años y jubilados. Obliga a recalcular la hipoteca en euros y condena a la entidad a costas. “Una buena noticia que pone fin a un verdadero calvario vivido por el matrimonio”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho que ha dirigido la defensa.
El matrimonio contrató el 9 de junio de 2005 una hipoteca de 260.000€ con el Banco Popular al Euribor + 1,2. Las cuotas iniciaron en 1.300 pero debido al alza del Euribor se situaron en el 2007 en los 1.500-1.600€. “Buscaron una solución, pero el Popular no quiso dársela, así que iniciaron un peregrinaje por otras entidades y la Kutxa les ofreció una hipoteca en euros mejorando las condiciones; así que regresaron al Popular y les dijeron que o igualaban o se iban”, explica Navas.
Ante la amenaza de perder el cliente, el Popular les ofreció igualar la cuota que ofrecía la Kutxa, pero con una hipoteca multidivisa. El matrimonio aceptó y firmaron la novación de hipoteca el 5 de junio de 2007 por 42.562.190 yenes japoneses equivalentes a 253.000€. “Casi 10 años después, tras pagar religiosamente las cuotas y de tener que vender su segunda residencia para pagarlas, resulta que prácticamente no han amortizado capital”, lamenta el socio-director de navascusi.com
La demanda señala que no se ofreció información adecuada a los clientes para entender la naturaleza de lo contratado y sus riesgos. “Son personas que llevan trabajando desde los 16 años, con estudios básicos y sin conocimiento ni experiencia en productos financieros complejos”, señala Navas.
El banco alega que los clientes fueron debidamente informados de los pros y los contras de la multidivisa. Sin embargo, el empleado que se la colocó reconoció en el juicio que las simulaciones se realizaron a la fecha de la firma. “Es decir, una foto fija”, señala la sentencia. “Se comparó la hipoteca en euros a la hipoteca en yenes en el momento de la firma, pero no se les explicó qué pasaría en el futuro del contrató si la evolución euro/yen cambiaba, como era más que previsible por su propia naturaleza aleatoria”, explica Navas
Es precisamente esa falta de información en el carácter aleatorio el que afea la sentencia. “Si la demandada no conocía la evolución euro/yen, debía haberse asegurado de que sus clientes entendieran el carácter aleatorio de la fluctuación del tipo de cambio”, apunta el fallo. Además, los empleados del banco señalaron en el juicio que la colocación de hipotecas multidivisas era “reactivo”, es decir, sólo a demanda de los clientes. Una empleada dijo sólo haber cerrado dos operaciones. “A pesar de lo excepcional del caso no recordaba los detalles de esta operación”, afea la juez.
“Es difícil de creer que no recordara la historia de este matrimonio al que le niegan el pan y la sal hasta que se ven forzados a mejorar su oferta inicial y le ofrecen un producto de alto riesgo sin la debida información y cautela”, lamenta el socio-director de navascusi.com.
Aunque el banco alega que la redacción del contrato es “sencilla”, la sentencia concluye que el contrato “no detalla los riesgos”. Censura la ausencia de simulaciones y no haberse asegurado de comprender los riesgos. Concluye que dicha falta de información provocó un error vicio en los clientes que lleva a anular parcialmente el contrato multidivisa, obligando al banco a recalcular la operación en euros y condenando al Targo Bank (grupo Banco Popular) al pago de las costas. “El Popular faltó a la debida fidelidad hacia sus clientes y recibe el reproche judicial”, concluye Navas.