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El primer documento en un proceso de desahucio es, obviamente, la demanda. Y unos 30-40 días después de presentar la demanda el juzgado emite un decreto, llamado comúnmente decreto de admisión.

Es el documento mediante el que el juzgado admite a trámite la demanda, es decir, viene a decir que la demanda cumple los requisitos y puede iniciarse el procedimiento de desahucio. Por tanto, el decreto de admisión es el documento con el que realmente se inicia el proceso de desahucio express por impago de alquiler.

LAS PARTES DEL DECRETO DE ADMISIÓN

Un decreto de admisión debe tener tres partes.

Vamos a verlas.

LOS ANTECEDENTES DE HECHO

En esta sección se menciona que el demandante ha puesto una demanda de desahucio contra el inquilino.

Y también se menciona la deuda que se le reclama.

Igualmente también suele constar en este sección la cuantía del procedimiento y si el inquilino puede o no enervar la acción de desahucio.

LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta parte suele ser, digamos, un copia y pega de los artículos de la ley de enjuiciamiento civil (LEC) que se ocupan de la materia de desahucios.

En resumen, esta sección viene a decir que el procedimiento va a seguir las reglas de la LEC contenidas en los artículos 440 y siguientes, si bien hay otros artículos anteriores y posteriores que también van a ser de aplicación (porque la normativa de los desahucios está muy repartida por todo el articulado de la LEC).

En síntesis, es un resumen de lo que dicen las normas de la LEC que regulan el proceso de desahucio, para que las partes sepan cómo va a funcionar el proceso.

LA PARTE DISPOSITIVA

La parte dispositiva es la más importante de todas, ya que en ella aparecen, nada más y nada menos, que las fechas tan esperadas por el propietario. Es decir, la fecha del juicio y la fecha del desahucio.

Y también se mencionan los derechos y obligaciones de las partes en el proceso. Es decir, qué pasa si el propietario no acude al juicio, que ocurre si no acude el inquilino, se informa al inquilino de que puede pedir justicia gratuita, etc.

LOS RECURSOS

Después de las tres secciones vistas aparece otra relativa a los recursos.

En concreto, ante el decreto de admisión cabe interponer recurso de reposición por cualquier de las partes en el caso de que el decreto contenga alguna infracción legal.

Y si el recurso es admitido y estimado, entonces se repone el decreto, es decir, se elimina la ilegalidad y se corrige o subsana.




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