La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha tomado hoy conocimiento del primer documento de trabajo sobre medidas tecnológicas para el plan de choque en la Administración de Justicia tras el estado de alarma, que ha sido coordinado por la vocal del órgano de gobierno de los jueces Victoria Cinto.
Las propuestas incluidas en el documento tienen como objetivo reducir la carga de trabajo en los Juzgados y Tribunales, agilizando la tramitación de los procedimientos judiciales mediante el uso de las nuevas tecnologías, y/o evitar desplazamientos a las sedes judiciales. La selección de las medidas se ha guiado por los siguientes criterios: que sean posibles tanto económicamente como en disponibilidad de medios personales y materiales, que su implantación no supere en ningún caso el plazo de un mes y que sean eficaces para cumplir los objetivos marcados.
Todas las medidas técnicas que se proponen han sido comunicadas a las Administraciones con competencias en materia de Justicia, que han colaborado con aportaciones que también se recogen en el documento, en el que se incluyen un total de doce propuestas:
1.- Impulsar el cumplimiento de los acuerdos ya aprobados por el CGPJ relacionados con la Instrucción Digital 1/2018 sobre el ‘puesto de trabajo del Juez’, en los que se establece la obligación, por parte de los miembros de la Carrera Judicial, de utilizar las herramientas informáticas puestas a su disposición, así como el requerimiento a las Administraciones prestaciones para que subsanen las deficiencias que impidan su óptima utilización.
2.- Traslado de copias cuando no sea preceptiva la intervención de procurador (por ejemplo, en la jurisdicción civil -verbales inferiores en cuantía a 2.000 euros-, en la contencioso-administrativa y en la social): se requeriría incluir en los formularios de entrada de los sistemas de envío/recepción telemática de escritos y notificaciones (LexNET, PSP, e-justicia.cat) una pestaña de búsqueda de otros profesionales para dar traslado de los mismos y así hacer el envío de modo automatizado, sin que se necesitara más que una comprobación por parte del personal del Juzgado de que se ha realizado.
3.- Incremento del volumen de datos que se pueden enviar telemáticamente, que evitaría remisiones en papel que retrasan la gestión del procedimiento.
4.- Mejora de los medios tecnológicos para facilitar el dictado de sentencias ‘in voce’: se requieren sistemas de grabación fiables -de modo que la resolución quede documentada y pueda ser consultada por los interesados legalmente legitimados para ello- y habilitar un sistema de notificación, porque los actuales no permiten enviar un documento multimedia si es muy grande. Se propone almacenar la grabación en un medio (‘nube’) accesible para el destinatario final.
5.- Celebración de comparecencias y vistas virtuales.
6.- Implantación de un Tablón Edictal Judicial Único, residenciado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Además de evitar desplazamientos físicos a las sedes de los órganos judiciales para consultar los tablones de edictos tradicionales, garantizaría las fechas de publicación de estos, a efectos de cómputo de los plazos procesales.
7.- Teletrabajo: el documento advierte de que solo será eficaz cuando se resuelva la conexión remota de los Jueces, de los letrados de la Administración de Justicia y de los funcionarios de las Oficinas Judiciales y que para que sea posible es necesario contar con sistemas de gestión procesal en los que se haya implantado el Expediente Judicial Electrónico, evitando por tanto el uso del papel.
8.- Impulso de nuevos servicios en el Punto Neutro Judicial, como exhortos telemáticos o consultas a las entidades financieras (por ejemplo, relativas a cuentas a la vista o a personas físicas o jurídicas).
9.- Implantar la transferencia telemática bancaria como única forma de pago de las cantidades consignadas en la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales.
10.- Modificar los sistemas de gestión procesal para poder inadmitir los repartos incorrectos. Esto evitaría la incoación innecesaria de asuntos cuando de la mera lectura de la demanda se desprenda que nos encontramos ante un reparto incorrecto.
11.- Establecer criterios unificados para el registro de escritos: ante el levantamiento desde el pasado 15 de abril de las limitaciones a la presentación de escritos procesales por vía telemática y para hacer frente al elevado número de escritos que puedan tener entrada se propone la elaboración de protocolos de actuación para las Oficinas de Registro y Reparto que recojan las directrices, prioridades y cuestiones organizativas que deberán aplicarse en el registro y reparto de escritos iniciadores y de trámite e identificar aquéllos que tienen carácter prioritario.
12.- Habilitación de canales alternativos para el envío de avisos y notificaciones: envío de avisos por SMS seguro y correo electrónico seguro, ambos contrastables mediante Código Seguro de Verificación (CSV); realización de notificaciones a través de las sedes judiciales electrónicas para las personas jurídicas o, voluntariamente, las físicas que lo requieran; o generalización de la realización de actos de comunicación a través de los procuradores de las partes personadas en los procedimientos, actualmente solo está prevista cuando así lo solicite el procurador.
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