Carpeta de justicia

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Con motivo de la huelga general convocada para el día de hoy en Cataluña, se espera la cancelación de numerosos vuelos en los aeropuertos de esta comunidad, principalmente en El Prat, donde, por ejemplo, Vueling ya ha anunciado la cancelación de más de 30 vuelos con origen o destino en este aeropuerto.

Para los pasajeros aéreos afectados por estos paros, reclamador.es, explica que "estas cancelaciones son por causas ajenas a las aerolíneas, por lo que se consideran causa de fuerza mayor. Esto supone que los viajeros afectados no podrán reclamar las compensaciones económicas recogidas en el Reglamento 261, comprendidas entre 250 y 600 euros. El Reglamento Europeo recoge expresamente la inestabilidad política como una causa de fuerza mayor, por tanto, esas cancelaciones no son susceptible de indemnización". 

En cambio, señala la compañía online de servicios legales "los pasajeros sí tienen derecho a que la aerolínea les ofrezca un transporte alternativo o bien les reembolse el precio del billete"

Además, continúa explicando reclamador.es "los pasajeros afectados por estas cancelaciones de vuelo tienen derecho a los conocidos como derechos asistenciales, que la aerolínea no puede negarles. Por ejemplo, si los viajeros deben hacer noche en Barcelona, pues han sido reubicados para salir en un vuelo al día siguiente desde esta ciudad, esa estancia debe ser abonada por la aerolínea, así como los traslados desde y hasta el aeropuerto".

Por último, explica reclamador.es "los viajeros afectados por esta huelga no podrán reclamar a la aerolínea los daños materiales o morales sufridos. Esto es, por ejemplo, las noches de hotel ya pagadas en el destino del viaje y que no podrán disfrutar como consecuencia de la cancelación de su vuelo".




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