La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por una madre de la ciudad que fue condenada a pagar una multa de 630 euros por calumniar a la profesora de su hijo en un grupo de WhatsApp.
La defensa de la acusada recurrió la resolución judicial alegando que se había producido un error en la apreciación de la prueba, pero la sala ha entendido que no hubo tal error y, además, hace suyos los argumentos del Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo, que dictó la sentencia, y señala que "concurren todos los requisitos del delito" por el que la madre fue condenada.
En la sentencia condenatoria se establecía que la acusada realizó una "falsa imputación de unos hechos delictivos con intención de difamar y de atacar la dignidad personal y profesional" de la profesora de su hijo. Así, la mujer difundió en un grupo de WhatsApp de padres de alumnos que la docente se dedicaba a "zarandear de malas formas" al niño, "tirarle del brazo", e incluso que se comía su merienda, sin que hubiera pruebas de esas actuaciones.
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