Madrid, 8 ene (EFECOM).- El Tribunal Supremo decidirá si el Santander, como heredero de los activos del Banco Popular, debe hacerse cargo de varias multas impuestas a la extinta entidad por un importe superior a los 10 millones de euros, tal y como había establecido una sentencia de la Audiencia Nacional.
En un auto fechado el pasado 13 de diciembre al que ha tenido acceso EFE, la sala de lo contencioso admite el recurso presentado por el Santander contra una sentencia de julio de 2023 de la Audiencia Nacional, que ratificaba las multas por importe superior a 10 millones de euros impuestas al Popular por el Ministerio de Asuntos Económicos por varias infracciones graves de la ley de prevención del blanqueo de capitales.
La sentencia establecía que el Santander, que absorbió el Popular tras la resolución de la entidad, debía responder por las infracciones cometidas.
Pero el Supremo da por buenos los argumentos en los que el Santander basa su recurso, entre ellos cuando alega que la sanción impuesta es de naturaleza penal conforme a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, lo que significa que tiene derecho al reexamen jurisdiccional a través de la admisión del recurso de casación.
La existencia de una infracción de naturaleza penal no comporta sin más, dice el Supremo, la admisión del recurso de casación, pero sí "hacer una interpretación en favor del interés casacional objetivo a los efectos de la admisión del recurso".
En el presente caso, el Supremo aprecia interés casacional para "completar, reforzar, matizar o, en su caso, corregir" su jurisprudencia anterior en relación con la sucesión en la responsabilidad sancionadora entre personas jurídicas.
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