Carpeta de justicia

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  • Subir el precio con antelación, para bajarlo llegado el Black Friday, constituye una práctica engañosa denunciable.
  • En nuestra ausencia, el operador de correo no podrá entregar la compra a cualquier vecino que no haya sido autorizado.

Desde el 25 de noviembre (Black Friday) al 28 de noviembre (Cyber Monday) los españoles nos sumaremos a una tradición americana que, el resto del mundo y por supuesto España, nos hemos apresurado a copiar: grandes descuentos concentrados en pocos días, como adelanto a la campaña navideña.

En España, se esperan unas ventas de 1.267 millones de euros, un 13,12% más que en 2015, según el informe elaborado por la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital), en base a una encuesta entre 300 tiendas online.

Pero esta gran oportunidad de conseguir buenas ofertas, no puede estar reñida con el respeto a todos nuestros derechos como consumidores: usar los medios de pago habituales para ese sitio, productos sometidos a los mismos periodos de garantía que en el resto del año, etc. Además, en el caso de las compras online o a distancia, tendremos 14 días para ejercer nuestro derecho de desistimiento o lo que es lo mismo, a cambiar de idea sobre nuestra compra, con algunas excepciones, como por ejemplo los productos personalizados, bienes que puedan caducar con rapidez o que hayan sido desprecintados.

Antes del gran día

Las grandes plataformas llevan días anunciando sus productos. Debemos saber que la publicidad es vinculante para el comercio, por lo que podremos exigir que se cumpla con todas y cada una de las cuestiones anunciadas, tanto en la web como en cualquier otro soporte: anuncios en prensa, correos electrónicos recibidos, cuñas en radio, etc.

Los descuentos deben ser reales, es decir, se realizarán sobre el precio habitual de venta. Subir el precio con antelación, para bajarlo en la misma proporción en la fecha en la que se supone que nos hacen el descuento, constituye una práctica engañosa y, por tanto, podremos reclamar al establecimiento o plataforma que nos apliquen el descuento ofrecido sobre el precio de venta real al que habitualmente se vende el producto, circunstancia que deberemos probar y documentar convenientemente. Para ello será recomendable:

  • Tener localizados los artículos que nos interesan, hacer fotos o pantallazos del precio al que figuran, para comprobar que el descuento se hace realmente sobre el precio anterior y, si no es así, poder demostrarlo.
  • Guardar toda la documentación en la que se haya publicado los descuentos o condiciones ventajosas que vayan a regir con motivo del Black Friday. Serán la prueba si no se aplican en el momento de la compra.
  • Comparar las ofertas y observar las condiciones: Inclusión de gastos de envío o devolución, fechas y plazos… Si se dedica algún tiempo a realizar estas búsquedas, en lugar de realizar compras impulsivas, elegirá las mejores ofertas.

Durante la compra

Aunque compremos de manera online, los derechos de los consumidores serán los mismos que en las tiendas físicas y estarán garantizados por la normativa de consumidores y usuarios. Sin embargo, la red facilita las estafas y deberemos proteger nuestra navegación tomando precauciones:

1. Comprar en sitios seguros: Comprar en webs de confianza, informarse con la experiencia de otros usuarios y comprobar que la página web tiene un protocolo seguro que envía los datos de manera cifrada, utilizando una plataforma “HTTPS”.

2. Utilizar contraseñas robustas, que alternen números, letras, mayúsculas, minúsculas y otros signos; usar diferentes para cada plataforma; cambiarlas periódicamente; borrarlas del equipo si este es compartido con otros usuarios; no compartirlas con terceros para evitar suplantaciones o robos de identidad.

3. No facilitar el PIN de su tarjeta, desconfiar si nos lo piden puesto que no es necesario en las compras online.

4. No comprar a través de redes WiFi públicas y abiertas. En ellas es más fácil que le roben sus datos.

5. Revisar los datos de empresa publicados en la web. Antes de comprar comprobar que hay una dirección física a la que reclamar, la denominación social y el NIF. Tener en cuenta que si el domicilio social de la web se encuentra fuera de España la reclamación será más difícil.

6. Mantener su software y antivirus actualizado, las últimas versiones proporcionan mayor protección.

7. Cuidado con los correos recibidos con supuestas ofertas. Sus enlaces podrían contener virus. Desconfiar si se observan faltas de ortografía o gramaticales, podría ser un caso de “phising”; comprobar si la dirección web del remitente coincide exactamente con la de la web de compras, en caso contrario se estaría suplantando.

8. Leer las condiciones de la compra, especialmente la política de devolución del producto, quién corre con los gastos y hasta cuándo se puede devolver; comprobar que el importe cargado es el correcto, guardar la documentación de su orden de pedido por si necesita reclamar o devolver el producto adquirido.

9. Sospechar de las gangas demasiado llamativas, detrás de ellas puede esconderse una estafa.

10. Interponer denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si se cree que ha sido víctima de una estafa.

Recibir las compras

La entrega de los paquetes está sujeta a una normativa que, en muchos casos, desconocemos. La opción más frecuente de entrega es el domicilio del comprador, sin embargo, es necesario saber que no será una entrega válida, la realizada a un vecino o la que se meta por debajo de la puerta o se lance por encima de la valla de un chalet.

De acuerdo a la ley y reglamento sobre el Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales (aparte de los casos en los que se pueda dejar en los buzones), las entregas en envíos a domicilio deben realizarse al destinatario que figure en la dirección del envío o a la persona autorizada en el domicilio del mismo. Si no fuera así, el operador postal tendrá la responsabilidad por mal funcionamiento, ya que ha incumplido el procedimiento establecido en la norma, pudiendo dirigir nuestra reclamación a la Junta Arbitral de Consumo.

Persona autorizada en el domicilio (salvo prohibición expresa) son las personas mayores de edad que estén presentes en el domicilio y sean familiares o mantengan una relación de dependencia o convivencia. Para que lo puedan recepcionar deberán identificarse con el DNI, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia.

La legislación también considerara entrega válida al portero, encargado o gerente de edificios o complejos, salvo oposición expresa del destinatario. Y en el caso de destinatarios que se encuentren en hoteles, pensiones, colegios y otros establecimientos análogos, también es válida la entrega a la persona que en esos centros se ocupe de la recepción.

Por otro lado, existen algunos casos especiales como el caso de que el destinatario haya fallecido, en cuyo caso se entregarán a sus herederos o administradores de la herencia si justifican esta cualidad. Esto no sería así si se tratara de una carta, ya que en ese caso quedaría depositada en la oficina de destino desde donde se consultaría al remitente si autoriza la entrega a los herederos o prefiere recuperarla.

Reclamaciones por compras online

En el caso de incidencia se deberá reclamar, por escrito, a la empresa que figure en la web. Si no se obtuviera respuesta o la contestación fuera desfavorable, podremos dirigir nuestra reclamación a los organismos de Consumo o bien interponer una demanda judicial, según los casos, siempre y cuando la empresa tuviera domicilio en España.

Atención a las compras en el extranjero. Si se tratase de una empresa extranjera que cuenta con sede en la Unión Europea podría cursar su queja a través del Centro Europeo de Información al Consumidor; pero si se tratase de una no perteneciente a la UE y sin establecimiento permanente ni en España ni en la Unión Europea, la reclamación se complicaría mucho por tener que dirigirse a los organismos administrativos o a los tribunales del país donde esté ubicado ese negocio.




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