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  • La magistrada establece que no hay prescripción en este caso, y todo ello siguiendo cualquiera de los dos criterios del Tribunal Supremo.
  • También se declara la nulidad de la cláusula de intereses de demora.

El Juzgado de Primera Instancia nº 50 bis de Barcelona ha condenado a BBVA a abonar a un consumidor, cliente de reclamador.es, un importe de 2.973,45 euros, por la nulidad de la cláusula gastos, más los intereses correspondientes, que ascienden a más de 1.000 euros. Se trata de una sentencia “muy importante", indica la compañía online de servicios legales, ya que la magistrada desestima la excepción de prescripción y además declara también la nulidad de la cláusula de intereses de demora, debiendo la entidad bancaria eliminar ambas cláusulas abusivas e indemnizar al afectado.

Jorge Ramos, abogado de reclamador.es, explica que “es una sentencia de una relevancia enorme porque, además de que el importe indemnizatorio es una gran suma a tener en cuenta, se establece que no hay prescripción, es decir, que siguiendo cualquiera de los dos criterios posibles sobre el inicio del cómputo de la prescripción que plantea el Tribunal Supremo, la acción de nulidad de pleno derecho de la cláusula abusiva no estaría prescrita”.

Los gastos hipotecarios han sido uno de los múltiples quebraderos de cabeza para las entidades financieras en los últimos años, junto a las cláusulas suelo, IRPH o multidivisas, que han visto cómo la justicia se ha puesto del lado de los consumidores.

Por su parte, los gastos de hipoteca que se pueden reclamar, tal y como estableció el Tribunal Supremo en sentencia de fecha 27 de enero de 2021 (35/2021), son de 50% de notaría, de 100% de registro, de 100% de gestoría y de 100% de tasación. También se contemplan otras cláusulas abusivas como el interés de demora y vencimiento anticipado.

Urge un sistema judicial menos saturado

reclamador.es, que cuenta con mucha experiencia en la defensa de los derechos de los consumidores frente a bancos, indica que “en los juzgados hay miles de demandas de consumidores sobre cláusulas abusivas en sus contratos hipotecarios que tardan en resolverse en muchos casos, hasta cinco años. Y es que las entidades financieras se siguen negando a llegar a acuerdos extrajudiciales con sus clientes. Pese a las sentencias del Tribunal Supremo o Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que dan la razón a los consumidores, la realidad es que los bancos demoran los procesos imposibilitando los acuerdos extrajudiciales, lo que conlleva el colapso de los juzgados. Por ello, urgen más acuerdos con los bancos para evitar costes y saturación de los juzgados de manera innecesaria”.




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