¿Será obligatorio presentar el Pasaporte Covid para acceder a la restauración y locales de ocio? ¡Te lo explicamos!
Después de la creación del Pasaporte Covid este verano para impulsar los viajes dentro de la UE, en España el Tribunal Supremo ha abierto el debate jurídico acerca de la necesidad de tener que exhibirlo a la hora de acceder a locales de ocio nocturno como por ejemplo bares y discotecas. ¿Será obligatorio presentarlo en un futuro próximo?
¿Qué es el Pasaporte Covid?
El Pasaporte Covid es un documento que acredita de forma sencilla que una persona ha sido vacunadacontra la Covid-19, se ha recuperado de la enfermedad o tiene una prueba negativa en las últimas 48/72 horas. Este certificado es sencillo, seguro, fiable y gratuito, y se puede disponer de él en formato electrónico o en papel.
¿Quién expide el certificado?
Las autoridades nacionales son las responsables de la expedición del certificado. En España lo emiten las Comunidades Autónomas. Adicionalmente, el Ministerio de Sanidad ha habilitado un procedimiento íntegramente electrónico para la solicitud y emisión de estos certificados.
¿Para qué sirve actualmente?
El Pasaporte Covid permite viajar entre países de la UE, Islandia, Liechtenstein, Suiza y Noruega. Si no se tiene el certificado COVID digital de la UE, se puede viajar, pero el proceso de admisión es más lento y se le pueden solicitar medidas adicionales, como test o cuarentenas.
¿Será obligatorio para acceder a bares y discotecas?
Actualmente existen una veintena de países europeos que ya contemplan la norma de pedir un Pasaporte Covid para entrar a bares, restaurantes y locales de ocio. En otros países, como Portugal e Italia, solo hay que presentar certificado de vacunación o un test negativo si se pretende consumir en espacios interiores.
El principal riesgo de estos establecimientos es que no permite el uso constante de las mascarillas al tener que retirarse la mascarilla para beber, etc. y además dificultan la distancia social de seguridad y favorecen la inhalación de gotas y aerosoles respiratorios emitidos por un contagiado, al hablarse en tono más alto e incluso cantar.
Implantar el Pasaporte Covid para acceder a un establecimiento necesitaría de una norma con rango de Ley, amparándose en el interés público general y la salud de las propias personas y de los trabajadores de estos centros. Por ahora, debe someterse a autorización judicial, puesto que incide de pleno en varios derechos fundamentales como el derecho a la igualdad, a la intimidad y a la protección de datos.
Por lo tanto, al no haber respuesta clara por el momento, será necesario analizar el caso concreto en cada Comunidad Autónoma.
Pasaporte Covid según Comunidades Autónomas:
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Baleares:
Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Baleares entienden que las medidas que desea imponer el Gobierno Balear son muy generales y poco concretas. Además, indican que exigir el Pasaporte Covid es una medida desproporcionada de los derechos de igualdad y a no sufrir trato discriminatorio, a la integridad física y a la libertad personal.
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Andalucía:
En Andalucía, el Tribunal Supremo dictó la segunda sentencia rechazando la propuesta presentada por la Junta de Andalucía al entender que era demasiado genérica y para todo el territorio, sin tener en cuenta la tasa de contagios a nivel de municipios y además planteada de manera indefinida.
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Galícia:
Mientras tanto, en Galicia, el Tribunal Supremo aceptó el recurso presentado el pasado 25 de agosto de 2021 contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que desestimó la medida. En el caso de Galicia, el Tribunal Supremo exige la presentación del Pasaporte Covid a los ciudadanos para poder acceder a los locales de ocio nocturno, argumentando que el beneficio que supone pedir la pauta completa de vacunación a quienes entran en un establecimiento es muy superior al sacrificio que comporta. El Tribunal Supremo pone de relieve que los informes sanitarios aportados por el Gobierno de la Xunta de Galicia aportan evidencias que la exigencia del Pasaporte Covid disminuirá considerablemente el riesgo de los contagios, pues un cierro total de los establecimientos de ocio nocturno crearía un efecto adverso al implicar concentraciones en la vía pública.
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Otras Comunidades:
Los Tribunales Superiores de otras Comunidades Autónomas, como Canarias o Cantabria, han desestimado la exigencia de presentación del Pasaporte como filtro. Por ello, la mayoría de las Comunidades no lo han exigido en la entrada en sus establecimientos este verano.
Algunas consideraciones que el Tribunal Supremo da en el caso de Galicia pueden darnos una pista sobre lo que se puede esperar en el futuro. El Tribunal Supremo considera que exigir el Pasaporte Covid no atenta contra el derecho a la intimidad de las personas porque prevalece por encima de éste la protección del derecho a la vida y a la protección de la salud pública.
La necesidad de exhibir el Pasaporte Covid como requisito de entrada para acceder a los locales de ocio tampoco colisiona con el derecho de protección de datos personales porque no se recogen datos y, además, no se elabora ningún fichero.