lawandtrends canal de whatsapp

LawAndTrends



Un nuevo frente parece que se avecina en la lucha contra las cláusulas abusivas en las hipotecas. Algunos hipotecados se plantean la posibilidad de reclamar la comisión de apertura que se aplica a la hora de firmar un nuevo préstamo. Pero, ¿es también reclamable? Veámoslo en detalle.

¿Qué es la comisión de apertura?

La comisión de apertura es un porcentaje que cobra la entidad bancaria en el momento de constituir una nueva hipoteca. Está destinada al estudio detallado del riesgo del cliente y de la operación por parte del banco. Es una cláusula negociable, es decir, no en todos los préstamos se abona o varía su porcentaje, pues depende de la entidad bancaria y de la propia negociación entre cliente y sucursal.

Las entidades deberán indicar al cliente, de forma clara y gratuita, el importe de las comisiones que se le adeudarán por cualquier concepto y de todos los gastos que se le repercutirán. Una vez proporcionada dicha información, se ofrecerá al cliente, de forma igualmente gratuita, la posibilidad de desistir de la operación. En el caso particular de los préstamos, cuando las comisiones o los gastos de estudio, tramitación u otros similares, ocasionados por la concesión de los mismos, no se integren en una única comisión de apertura, deberán detallarse con precisión los diferentes servicios a los que respondan y sus importes.

¿Reclamar o no la comisión de apertura actualmente?

Ahora que ya sabemos qué es la comisión de apertura, volvemos a la cuestión que nos ocupa: ¿se puede reclamar? Pues bien, en reclamador.es recomendamos prudencia a todos nuestros clientes. Se trata de una acción imprescriptible, por lo que no existe la necesidad de comenzar rápidamente a reclamar esta cláusula.

Ni los  juzgados ni las audiencias provinciales se ponen de acuerdo sobre la nulidad y abusividad  de la comisión de apertura.

Para estudiar la viabilidad de las reclamaciones de nuestros clientes, hemos analizado la jurisprudencia que existe al respecto hasta la fecha y la conclusión es que las audiencias provinciales están muy divididas.

Hemos estudiado los pronunciamientos que han dictado 15 Audiencias Provinciales de las 52 existentes, pues el resto no se han pronunciado todavía. De ellas, 8 han dictaminado que no es abusiva. En las otras 7, sí se ha considerado que la comisión de apertura es abusiva. Como podemos observar, la decisión no es clara y, por ello, en reclamador.es aconsejamos prudencia.

 

¿Realizar una única reclamación con los gastos de formalización o plantear varias demandas?

No existe inconveniente en plantear varias demandas. En reclamador.es recomendamos iniciar ya la reclamación de los gastos de hipoteca, cláusula que sí ha sido considerada nula por abusiva por el Tribunal Supremo, y esperar a que se esclarezca el asunto de las comisiones de apertura.

El problema actual de reclamar conjuntamente los gastos de hipoteca y la comisión de apertura es que, estando tan divididas las audiencias provinciales, nos podríamos encontrar con que las sentencias dictadas por los tribunales no estimasen la totalidad de las pretensiones solicitadas por los consumidores (nulidad de la cláusula de gastos y nulidad de la cláusula que rige la comisión de apertura) y por ello no se condenase en costas a la entidad bancaria.

Recordar en este punto que los despacho de abogados cobran distintos honorarios según exista o no condena en costas.

Pero…¿Qué supone que el juez no condene en costas? Esto quiere decir que el consumidor (cada litigante) debería abonar los honorarios de su abogado y otros gastos del procedimiento judicial que le corresponda.

En reclamador.es solo cobramos si tú ganas y no tienes que asumir los costes iniciales del procedimiento.

 

¿Por qué muchos tribunales no consideran abusiva la comisión de apertura?

La cuestión de fondo que aquí se plantea es si se trata de una cláusula nula por haber cobrado una comisión por un servicio que no se prestó. Se trata, por tanto, de que el banco pueda acreditar que anteriormente a la firma del préstamo realizó un estudio de riesgo, tanto del cliente como de la operación financiera.

Si el banco puede acreditar que realizó esa actividad previa, lo más probable es que se pierda el juicio. Esto supone que se deba estudiar pormenorizadamente cada caso y analizar las posibilidades de éxito de cada reclamación.

Prudencia, esperar y, mientras, reclamar los gastos de formalización de la hipoteca

Hasta que esta situación no esté más clara jurídicamente y tengamos la certeza de que nuestros clientes podrán recuperar todo su dinero con garantías, hemos definido una estrategia legal que no ponga en riesgo las posibilidades de éxito ni el dinero de las personas que confían en reclamador.es para proteger sus derechos.

Si tienes hipoteca, puedes reclamar los gastos de formalización del préstamo. En reclamador.es podemos ayudarte a recuperar tu dinero. Somos expertos reconociendo, peleando y ganando casos contra los grandes abusos de los bancos.

 

Sentencias sobre comisión de apertura

15 han sido las Audiencias Provinciales cuyos pronunciamientos hemos analizado sobre comisión de apertura. Destacar por más recientes en el tiempo las siguientes:

Sentencias que consideran abusiva la comisión de apertura:

  • Audiencia Provincial de Pontevedra, sección 1, 18 de diciembre de 2017
  • Audiencia Provincial de Illes Balears, sección 5, 15 de noviembre de 2017
  • Audiencia Provincial de Soria, 10 de octubre de 2017
  • Audiencia Provincial de Asturias, sección 5, 13 de julio de 2017
  • Audiencia Provincial de Zaragoza, 5 de enero de 2017
  • Audiencia Provincial de Almería, sección 1, 15 de junio de 2016
  • Audiencia Provincial de Ourense, sección 1, 18 de mayo de 2015

Sentencias que no consideran abusiva la comisión de apertura:

  • Audiencia Provincial de León, sección 1, 01 de febrero de 2018
  • Audiencia Provincial de A Coruña, sección 4, 29 de noviembre de 2017
  • Audiencia Provincial de Madrid, sección 9, 23 de noviembre de 2017
  • Audiencia Provincial de Tarragona, sección 1, 07 de febrero de 2017
  • Audiencia Provincial de Zamora, 30 de marzo de 2017
  • Audiencia Provincial de Castellón, sección 3, 15 de febrero de 2017
  • Audiencia Provincial de Alicante, sección 8, 04 de noviembre de 2016
  • Audiencia Provincial de Murcia, sección 5, 28 de julio de 2015

 




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad