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  • Reciente y muy importante sentencia del Tribunal Supremo que señala que extinguir el contrato de préstamo no interfiere en absoluto para pedir la nulidad de una cláusula abusiva

Desde reclamador.es aplauden la reciente sentencia del Tribunal Supremo en relación a la posibilidad de los prestatarios de reclamar una cláusula abusiva del préstamo hipotecario, pese a que la hipoteca esté ya cancelada.

Hasta ahora, en reclamador.es han comprobado que la posición de los diferentes jueces ha sido dispar en relación a esta problemática, pero con esta sentencia del Tribunal Supremo esperan que todos los juzgados especializados sigan la misma línea del Alto Tribunal español y no priven a los hipotecados de ejercer las acciones oportunas para que la cláusula suelo -o cualquier cláusula abusiva- de sus préstamos sea considerada nula por abusiva y recuperen el dinero pagado de más por este concepto. 

Esta sentencia del Tribunal Supremo está en la línea en la que trabajaban en reclamador.es, pidiendo a todos los jueces que el banco devuelva a los clientes las cantidades pagadas de más por cláusula suelo, incluso si el préstamo estaba cancelado, pues al igual que se ha pronunciado ahora este tribunal, consideran que la extinción del contrato del préstamo con garantía hipotecaria no puede dejar a los consumidores sin su derecho a reclamar una cláusula que ya ha sido considerada nula por abusiva. 




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