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  • En la deliberación del recurso 1799/2020, sobre el régimen de prescripción aplicable a la acción de recuperación de las cantidades abonadas por los consumidores por las cláusulas que les atribuían el pago de todos los gastos e impuestos de los préstamos hipotecarios, el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha acordado, por unanimidad, abrir el trámite de audiencia a las partes, previo al posible planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

Una vez analizada la información publicada en la web del CGPJ, Almudena Velázquez, directoral legal de reclamador.es, señala que "el Tribunal Supremo alarga la incertidumbre de los afectados por los gastos hipotecarios planteándose la oportunidad de una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esto supone una decisión sorprendente, más aún cuando el día 8 de junio dictó Sentencia en la que ya planteaba que solo cuando se declarara la nulidad de la cláusula podía reclamarse el importe pagado de más. Si bien en ese caso se trataba de una cláusula suelo, no existe ninguna especialidad en la de gastos que pudiera generarle dudas al respecto del sentido de su decisión".

Almudena Velázquez continúa señalando que "esta decisión del Tribunal Supremo español no hace otra cosa que aumentar la inseguridad jurídica de los afectados y dilatar en el tiempo la decisión final, pues puede pasar más de un año hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie sobre este asunto".




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