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  • Los otros dos procesados reconocieron las imputaciones al comienzo del juicio y pactaron con el fiscal y la acusación particular sendas penas de 4 años y 3 meses de prisión. En el robo, perpetrado con un hacha y un martillo, los encausados se apoderaron de 37.442,76 euros.

Los tres acusados de haber atracado una sucursal bancaria el 22 de marzo de 2019 en Larrainzar, de la que se llevaron 37.442,76 euros, han sido condenados por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra a 4 años y 8 meses de prisión uno de ellos, O. J. S. —el ideólogo del robo—, y a 4 años y 3 meses los otros dos, O. R. P. M. y H. S. S. Z. Estos últimos reconocieron las imputaciones y sus defensas pactaron con el fiscal y la acusación particular, ejercida por Caja Rural de Navarra, las condenas impuestas.

Tras esa conformidad parcial, en el juicio, celebrado los días 2 y 3 de este mes, solo se enjuició la supuesta participación de O. J. S., vecino de Pamplona, de 61 años, acusado de ser quien planificó el atraco.

Así lo considera probado el tribunal, que relata que este inculpado buscó el lugar y la oficina bancaria propicia debido al conocimiento previo que tenía del funcionamiento de las entidades al haber trabajado con carácter previo en el transporte de dinero.

El 22 de marzo de 2019, O. J. S. les proporcionó a O. R. P. M., natural de la República Dominicana, de 37 años, y H. S. S. Z., natural de Colombia, de 22 años, un hacha y un martillo y se dirigieron los tres hasta Larrainzar en un vehículo —Citroën Berlingo— conducido por el primero.

Una vez allí, mientras O. J. S. permanecía en el coche en actitud vigilante, sobre las 13.54 horas los otros dos accedieron de manera “sorpresiva” al interior de la sucursal de Caja Rural ubicada en la calle San Pedro nº 28, que permanecía abierta al público. 

Según se relata en la sentencia, el inculpado H. S. S. Z. portaba el martillo en la mano, mientras que su compañero O. R. P. M. blandía el hacha. Tras encerrar en un baño a dos trabajadores y al director de la oficina, amenazaron a éste último dado que la caja fuerte no se abría: “De la cárcel se sale pero del cementerio no”, le espetaron para que introdujera la contraseña.

Los acusados se apoderaron de 5.742,76 euros de la caja fuerte y 31.700 € del cajero. Además causaron daños por valor de 4.431,02 euros en el cajero automático, en las tres cámaras de vigilancia y en la puerta del baño. Y, asimismo, de apoderaron de un iPhone propiedad del director valorado en 957,85 euros.

Tumbados y maniatados

La sentencia puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra solo por el condenado que no llegó a un acuerdo con las acusaciones.

En el juicio, este acusado rechazó su participación en el robo y negó haberse repartido el botín obtenido. Respecto a la presencia de la furgoneta de su titularidad en el lugar, apuntó la participación de una tercera persona, la cual, según alegó, trabajaba para él y se hallaba en posesión de las llaves del vehículo.

El tribunal, sin embargo, tacha su declaración como “irracional, carente de lógica” y refutada por el resto del material probatorio. Además, los magistrados le consideran coautor del delito de robo con intimidación con instrumento peligroso en lugar de cooperador necesario, como había sido calificado por el fiscal.

Debido a la gravedad de los hechos, y a la situación “hostil” a la que sometieron a los empleados de la entidad bancaria, que fueron encerrados en los baños, tumbados en el suelo y maniatados, los magistrados imponen a este inculpado, que ideó el plan pero luego se sustrajo del riesgo al quedarse en el vehículo vigilando, la pena en su franja más elevada.

En concepto de responsabilidad civil, los encausados deberán indemnizar con 37.442,76 euros a Caja Rural por el dinero sustraído, cantidad de la que se detraerán los 9.240 € intervenidos en los registros domiciliarios. Asimismo, abonarán al director de la sucursal 957,85 € por el móvil robado y 2.000 más por el perjuicio moral causado. Y, de igual forma, indemnizarán a una de las empleadas con 1.540 € por los días que permaneció incapacitada para trabajar y con 3.000 más por el trastorno por estrés postraumático originado.




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