Según el Tribunal Supremo, en las hipotecas contratadas antes del 16 de junio de 2019, el banco tenía que pagar la mayor parte de las costas asociadas a la constitución del préstamo: la gestoría, el registro y la mitad de la notaría. En muchos casos, sin embargo, se obligó al cliente a abonarlos, por lo que este tiene derecho a reclamar por estos gastos hipotecarios para recuperar el dinero. Ahora bien, según el Ministerio de Consumo, el plazo para hacerlo termina el próximo jueves 21 de enero de 2021, por lo que el comparador financiero HelpMyCash.com recomienda interponer cuanto antes la reclamación para evitar que ese período prescriba.
El plazo para reclamar prescribe el 21 de enero
El Ministerio de Consumo se basa en el Código Civil español, que establece que para reclamar existe un plazo de cinco años “desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación”. Como la primera sentencia del Supremo sobre los gastos hipotecarios se hizo pública el 21 de enero de 2016, Consumo interpreta que ese período terminaría el próximo 21 de enero de 2021.
Así las cosas, desde HelpMyCash.com aconsejan interponer ya la reclamación para evitar que ese plazo prescriba. En principio, los hipotecados antes de junio de 2019 (a los que contrataron su préstamo posteriormente se les aplicaría otra regulación) pueden recuperar todo lo que pagaron en gastos de registro y gestoría, así como la mitad de lo que abonaron a la notaría. Los especialistas de este comparador han elaborado una calculadora gratuita de gastos hipotecarios con la que es posible saber cuánto debería devolver el banco en cada caso concreto.
Pongamos, por ejemplo, que un cliente contrató una hipoteca de 150.000 euros en 2015. Según este simulador, este podría recuperar unos 400 en gastos de notaría, unos 375 euros en costas de registro y unos 430 en gastos de notaría. En total, la factura ascendería a unos 1.205 euros, aproximadamente.
¿Cómo se reclaman los gastos hipotecarios?
Desde HelpMyCash.com reconocen, eso sí, que la interpretación del Ministerio de Consumo no es compartida por todos los juristas. De hecho, hay quienes consideran que ese plazo de cinco años debería empezar a contar más tarde, pues el Tribunal Supremo ha publicado otras sentencias sobre gastos hipotecarios en los que ha actualizado su criterio: en enero de 2019, en octubre de 2020…
Aun así, por si acaso, lo aconsejable es reclamar por los gastos de hipoteca antes del 21 de enero por si los jueces acaban validando el criterio de Consumo. En ese sentido, es recomendable interponer la reclamación a través del Servicio de Atención al Cliente (SAC) del banco con el que se contrató la hipoteca, pues es el método más rápido. Esto se puede hacer mediante el envío de un correo electrónico a la dirección del SAC, que se puede encontrar en la página web de la entidad.
Es más que probable, eso sí, que la reclamación no prospere, ya que la mayoría de los bancos optan por rechazar este tipo de solicitudes. De todos modos, es una manera de que quede constancia de que se ha reclamado para acudir a los juzgados sin temor a que no se admita la denuncia por haberse agotado el plazo para exigir la devolución de los gastos.
Para interponer esa denuncia se puede contratar a un despacho de abogados o se pueden usar los servicios jurídicos de una asociación de consumidores. La demanda hay que presentarla ante el juzgado de cláusulas abusivas de la provincia en la que se resida o, en caso de que no exista este tribunal especializado en la región, ante el juzgado de primera instancia que corresponda.
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