El Juzgado de Primera Instancia nº 6 ha estimado que la entidad bancaria incumplió lo estipulado en el contrato, al permitir extraer 59 euros más que el límite que el cliente había establecido.
Sergio Silva, abogado defensor y experto en Derecho financiero, afirma que es la primera vez que le dan la razón en primera instancia en este tipo de litigios, “algo que no me ha ocurrido en otros casos”.
El cliente recibió en 2021 un correo electrónico “supuestamente” enviado por la entidad bancaria en el que le instaban a actualizar su tarjeta. “Aparentemente tenía los mismos colores y el logotipo y el afectado pinchó en el enlace y dio los datos de su tarjeta”, describe Silva.
Ese mismo día recibió un SMS en el que le informaban de que se había realizado una operación de 2.559 euros, lo que le llevó a interponer varias quejas en el banco y varias denuncias en comisaría. El servicio de atención al cliente siempre le aseguró que el cargo no se iba a realizar, pero se hizo efectivo tres meses después.
Pero el abogado afirma que, aunque el banco alegó que el cliente fue objeto de un fraude conocido como phising, la sentencia judicial entiende que no ha quedado probado dicho fraude, al no aportar copia del correo electrónico, ni del SMS que recibió.
“No pudimos adjuntar el SMS que le llegó del supuesto banco porque lo había borrado”. Por eso, el abogado recuerda la importancia de no eliminar nunca las comunicaciones que se reciban, porque los otros indicios no fueron suficientes para el juzgado.
Esta sentencia, contra la que no cabe recurso, impone además al banco los intereses legales desde la primera reclamación y las costas.
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