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  • A las subvenciones en las instalaciones fotovoltaicas se suman las bonificaciones en el IBI de los municipios y las deducciones en el IRPF
  • Desde ARAG explican que los contribuyentes que instalen placas solares en sus viviendas hasta el 31 de diciembre del 2022 podrán deducirse de un 20% a un 60% de lo invertido

La subida de precios en la energía lleva meses siendo motivo de análisis y preocupación, en el que la guerra en Ucrania y el abastecimiento del gas ruso es el último episodio. La búsqueda de alternativas energéticas renovables es una de las posibles salidas que los gobiernos están valorando para atajar un problema que solamente crecerá en el futuro.

En este sentido, el pasado 14 de diciembre de 2021 el Consejo de Ministros aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento (PERTE ERHA), financiado por los Fondos Europeos Next Generation y que movilizará una inversión de más de 16.300 millones de euros. Existen 6 programas diferentes dentro de 3 categorías de ayudas: al autoconsumo, baterías y climatización renovable. Las ayudas totales de los 6 programas que reciban las comunidades dependerán de su población, siendo las más favorecidas Cataluña (114,988,848 €), Andalucía (104,847,686 €), Madrid (91,295,991 €) y la Comunidad Valenciana (67,307,084 €) respectivamente.

“Estas ayudas están organizadas por cada Comunidad Autónoma y los beneficiarios de algunas de ellas pueden ser particulares, comunidades de vecinos o empresas”, indica Adriana Hibernón, abogada de la compañía de seguros de Defensa Jurídica ARAG. Especialmente, existen tres tipos de ayudas a las instalaciones fotovoltaicas mediante subvenciones, bonificaciones y deducciones en la declaración de la renta para particulares.

Subvenciones en las instalaciones

Las subvenciones en la instalación de las placas solares, la instalación de baterías de almacenamiento o la colocación de sistemas de aerotermia se pueden solicitar cuando la Comunidad Autónoma correspondiente publique la convocatoria y, en general, hasta el 31 de diciembre del 2023.  Las comunidades que ya han publicado dichas convocatorias son: Islas Baleares, Comunidad Valenciana, Andalucía, Castilla y León, Castilla la Mancha, Murcia, Madrid, Extremadura, Aragón, Cataluña, Asturias, Galicia, Euskadi, Navarra, la Rioja e Islas Canarias.

Con una potencia pico menor de 10kWp (pico de kilovatios), los importes de la ayuda son de 600 € por cada kWp de la instalación y 490 € por kWh en la batería. En el caso de las instalaciones más grandes, las ayudas oscilan entre 450 € y 300 € por kWp instalado. En los municipios de menos de 20.000 habitantes en suelo no urbano y 5.000 en suelo urbano, a las sumas mencionadas se le tienen que sumar ayudas adicionales de 55€/kWp en la instalación y 15€/kWh en la batería.

La abogada de ARAG advierte que “para poder beneficiarse de las subvenciones, las instalaciones deberán incluir un sistema de monitorización de la energía eléctrica producida y consumida y se ha de autoconsumir el 80% de la energía producida”.

Bonificaciones en el IBI

Respecto a las bonificaciones, son muchos los Ayuntamientos de toda España que, con la finalidad de estar más comprometidos con el medioambiente, han establecido bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), por la colocación de instalaciones fotovoltaicas por el contribuyente. Algunos ejemplos son Barcelona, Madrid, Alicante y A Coruña, con una bonificación del 50% durante 3 años; Santa Cruz de Tenerife, con un 50% durante 5 años; o Mérida, con un 10% también durante 5 años.

Deducciones en el IRPF

Sobre las deducciones en el IRPF, Adriana Hibernón aclara que “desde el 6 de octubre del 2021 y hasta el 31 de diciembre del 2022 los contribuyentes que instalen placas solares u otras energías renovables en sus viviendas podrán deducirse de un 20% a un 60% de lo invertido”.

En concreto, si se realizan obras de mejora de la eficiencia energética en la vivienda habitual o arrendada como tal, se podrá acceder a una deducción de hasta un 20% del IRPF. Si se demuestra que se ha conseguido reducir al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, se podrá deducir un 40%. Por último, en las obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial, la deducción aplicable podría llegar al 60% siempre y cuando se acredite que la reducción del consumo de energía primaria no renovable es de un 30% como mínimo.




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