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  • La Comisión Europea ha aprobado, de conformidad con las normas sobre ayudas estatales de la UE, el mapa de España para la concesión de ayudas regionales entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2027, en el marco de las Directrices sobre las ayudas de finalidad regional revisadas («DAR»).

Las DAR revisadas, adoptadas por la Comisión el 19 de abril de 2021 y en vigor desde el 1 de enero de 2022, permiten a los Estados miembros apoyar a las regiones europeas menos favorecidas en su recuperación y reducir las disparidades en términos de bienestar económico, ingresos y desempleo, objetivos de cohesión que son elementos centrales de la Unión. También ofrecen mayores posibilidades a los Estados miembros para apoyar a las regiones que se enfrentan a una transición o a retos estructurales, tales como la despoblación, a fin de contribuir plenamente a las transiciones ecológica y digital.

Al mismo tiempo, las DAR revisadas mantienen sólidas salvaguardias para evitar que los Estados miembros utilicen fondos públicos para favorecer la deslocalización de puestos de trabajo de un Estado miembro de la UE a otro, lo que es esencial para una competencia leal en el mercado único.

El mapa de ayudas regionales de España define las regiones españolas que pueden optar a ayudas regionales a la inversión. El mapa también establece las intensidades máximas de ayuda en las regiones que pueden acogerse a subvenciones. La intensidad de la ayuda es el importe máximo de ayuda estatal que puede concederse por beneficiario, expresado como porcentaje de los costes de inversión subvencionables.

Con arreglo a las DAR revisadas, regiones que representan en conjunto el 66,29 % de la población de España podrán optar a ayudas regionales a la inversión.

  • Las regiones ultraperiféricas pueden ser designadas por los Estados miembros como subvencionables en virtud del artículo 107, apartado 3, letra a), del TFUE (las denominadas zonas «a»). En España, la región ultraperiférica de Canarias seguirá siendo subvencionable como zona «a». En esta zona, la intensidad máxima de ayuda para las grandes empresas será del 50 %.
  • Las regiones de Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía, y las ciudades de Ceuta y Melilla se encuentran entre las regiones más desfavorecidas de la UE, con un PIB per cápita inferior al 75 % de la media de la UE. Estas regiones también pueden optar a ayudas con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra a), del TFUE, con una intensidad máxima de ayuda para las grandes empresas del 30 %. Cuenca, en Castilla-La Mancha, también recibe la calificación de región poco poblada, al tener menos de 12,5 habitantes por km2. En las zonas escasamente pobladas, los Estados miembros pueden utilizar regímenes de ayudas de funcionamiento para evitar o reducir la despoblación.
  • La región de Murcia ya no se considera una zona «a» a la vista de su desarrollo económico positivo, y ahora se considera una región predefinida con arreglo a la excepción del artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE (la denominada zona «c»), como ocurre con todas las regiones calificadas como zonas «a» hasta 2021 y que ya no pueden considerarse tales en el período actual. Las intensidades máximas de ayuda para las grandes empresas de esta zona variarán entre el 15 % y el 20 %, con la intensidad de ayuda más elevada aplicable en la primera mitad del período.
  • Las provincias de Teruel y Soria también se consideran zonas «c» predeterminadas, ya que son zonas escasamente pobladas, con menos de 12,5 habitantes por km². La intensidad máxima de ayuda para las grandes empresas en estas zonas será del 20 %.
  • Para hacer frente a las disparidades regionales, España ha designado como zonas denominadas «c» no predeterminadas Galicia, Asturias, Cantabria, La Rioja, la Comunitad Valenciana, Baleares, Huesca y parte de Castilla y León, Zaragoza, Madrid, Cataluña, Navarra y el País Vasco. En estas zonas, la intensidad máxima de ayuda para las grandes empresas será del 15 %. La Comisión también ha aprobado un aumento de la intensidad máxima de ayuda para las grandes empresas de dos provincias de Castilla y León: del 15 % al 25 % en Salamanca, de modo que la diferencia en la intensidad de la ayuda con la zona limítrofe de Beiras e Serra da Estrela se limita a quince puntos porcentuales, y del 15 % al 20 % en Zamora, debido a su pérdida de población relativamente elevada en la última década.

En todas esas zonas, las intensidades máximas de ayuda pueden incrementarse en diez puntos porcentuales para las inversiones realizadas por medianas empresas y en veinte puntos porcentuales para las realizadas por pequeñas empresas, para sus inversiones iniciales con costes subvencionables de hasta 50 millones de euros.

Una vez que esté en vigor el futuro plan territorial de transición justa en el contexto del Reglamento sobre el Fondo de Transición Justa, España tendrá la posibilidad de notificar a la Comisión una modificación del mapa de ayudas regionales aprobado hoy, con el fin de aplicar un posible aumento de la intensidad máxima de ayuda en las futuras zonas de transición justa, tal como se especifica en las DAR revisadas para las zonas «a».




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