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Madrid, 23 may (EFE).- La Fiscalía recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional que rechazó indemnizar a una mujer por haber sufrido violencia obstétrica en el parto de su hija, a pesar de que el Comité contra la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas (CEDAW) la reconoció como víctima y recomendó reparar el daño causado.

Según ha informado este martes el Ministerio Público, el fiscal Manuel Campoy ha preparado un recurso de casación ante la sala de lo contencioso administrativo del Alto Tribunal al estimar que se han vulnerado los derechos fundamentales a la igualdad e integridad física y moral de la mujer y que no se ha respetado la normativa estatal e internacional.

El parto tuvo lugar en 2009 en un hospital de Lugo y la mujer acudió al comité de Naciones Unidas tras ver cerrada la vía judicial en España.

Alegaba que en el parto de su hija fue sometida a una "cascada de intervenciones innecesarias y sobre las que nadie le informó ni pidió su consentimiento".

Se le hicieron diez tactos vaginales, se le suministró oxitocina sintética intravenosa, se restringió su movilidad, le practicaron una episiotomía y usaron la ventosa para extraer a la bebé, a la que solo pudo ver de forma restringida en su primera semana de vida, ya que la llevaron a una unidad neonatal.

El CEDAW concluyó que se habían vulnerado varios artículos de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, indicó que las autoridades judiciales no hicieron un análisis exhaustivo de las pruebas presentadas y recomendó a España proporcionar a la mujer "una reparación apropiada, incluida una indemnización financiera adecuada a los daños de salud física y psicológica sufridos".

Con ese dictamen, la mujer reclamó una indemnización de 145.000 euros y acudió a la Audiencia Nacional, que rechazó sus pretensiones al considerar que las conclusiones del CEDAW "tienen la naturaleza de recomendaciones y sugerencias" y no carácter ejecutivo, por lo que siguen vigentes las sentencias firmes de los tribunales españoles, que descartaron una mala praxis médica.

La Fiscalía discrepa y en su recurso se remite al Tribunal Constitucional, que ha indicado que una vulneración de derechos humanos declarada por un órgano de Naciones Unidas "debe ser examinada y en su caso reparada por los jueces y tribunales españoles".

Para el fiscal, considerar meras recomendaciones un dictamen del CEDAW infringe normativa y sentencias dictadas previamente, por lo que considera necesario que el Supremo cree jurisprudencia y evite resoluciones contradictorias.

En 2018 el Supremo ordenó indemnizar a una víctima de violencia de género con base en un dictamen del CEDAW y condenó al Estado a indemnizar en 600.000 euros a una mujer cuya expareja asesinó a una hija que tenían en común después de que un juzgado modificase las visitas del padre a la menor de vigiladas a no vigiladas. 




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