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Madrid, 8 may (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado en una sentencia la pena de 34 años de prisión impuesta a una pareja que secuestró, asesinó y robó a un empresario vasco en el entorno de Pedrola (Zaragoza) tras contactar la mujer con él por la red social de contactos Badoo en septiembre de 2019.

El alto tribunal desestima íntegramente los recursos de ambos condenados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón, que ratificó a su vez la dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza tras el juicio que se celebró con jurado.

Los hechos probados de la sentencia ratificada indican que la condenada contactó por Badoo con la víctima, residente en Getxo (Bizkaia), y le emplazó a una cita el 6 de septiembre de 2019 en Zaragoza, donde ella vivía con su pareja.

Tras acudir el hombre a la cita y una vez que la mujer se ganó su confianza fue abordado de forma sorpresiva, reducido e inmovilizado con bridas.

Los condenados se apoderaron de sus pertenencias, le golpearon salvajemente y le intimidaron para conseguir las claves de sus tarjetas bancarias, procediendo entre los días 7 y 11 de septiembre a realizar seis extracciones de dinero.

Así el hombre estuvo retenido, sujeto con bridas y sin poder defenderse desde el 6 de septiembre recibiendo golpes en la cabeza y en el tórax con un objeto contundente hasta que el día 8 le desnudaron y le enterraron cuando aún estaba vivo pero en un más que probable estado límite de agonía, falleciendo en la fosa en la que le dejaron, siempre según los hechos declarados probados por la sentencia.

Los dos acusados ven confirmada las condenas por delitos de asesinato, detención ilegal en concurso con robo con violencia y estafa por haber vendido el vehículo Mercedes con el que la víctima se había desplazado a su cita.

Además deberán pagar conjuntamente una indemnización de 185.000 euros al hijo de la víctima, 50.000 a sus padres y 19.000 a sus hermanos, así como 11.000 a la persona afectada por la estafa.

El Supremo destaca las abundantes pruebas de "muy alta significación incriminatoria" que han determinado las condenas, así como la motivación del jurado, "que supera el criterio de suficiencia que jurisprudencialmente le es exigido" y estima que la sentencia del TSJ de Aragón contiene "una elocuente, lógica y racional explicación de la autoría de ambos acusados". 




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