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  • El acusado iba a ser enjuiciado por un jurado popular, pero la vista oral no se celebrará tras la conformidad entre las partes

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a seis años de cárcel al varón acusado de matar a un hombre tras apuñalarlo con un cuchillo jamonero durante una discusión entre ambos ocurrida en la madrugada del día 25 de diciembre de 2019 en un barrio de la capital hispalense. 

El acusado iba a ser enjuiciado por un jurado popular durante el presente mes de junio, pero la vista oral no se celebrará finalmente tras la conformidad alcanzada entre la Fiscalía, la defensa y el propio acusado, que ha sido condenado a seis años de prisión por un delito de homicidio en el que la Audiencia le aplica la atenuante analógica de consumo de alcohol y drogas, lo que le mermó de forma “notoria” su capacidad volitiva en el momento de ocurrir los hechos. 

Asimismo, le impone la prohibición durante siete años de comunicarse y aproximarse a menos de 300 metros de los hermanos e hija de la víctima, así como a la barriada de San Jerónimo, mientras que, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar con un total de 140.000 euros a los ocho hermanos y a la hija menor de edad del fallecido. 

Por conformidad de las partes, la Audiencia considera probado en la sentencia que los hechos tuvieron lugar en la madrugada del día 25 de diciembre de 2019, cuando el acusado se encontraba junto a su pareja sentimental en la vivienda de la víctima. En un momento determinado, el condenado comenzó a discutir con su pareja y le propinó una bofetada, lo que le fue recriminado por el fallecido, quien le conminó a que abandonara el domicilio. 

“Vuelvo y te mato” 

El acusado, de este modo, abandonó la vivienda, no sin antes proferir voces dirigidas a la víctima, diciéndole “vuelvo y te mato”, según relata la Audiencia, que añade que, pasadas unas horas de este episodio, el condenado volvió al exterior de la vivienda del fallecido y comenzó a vociferar, por lo que éste último salió al exterior y le invitó a que se marchara. 

Según la sentencia, en ese momento se inició una discusión entre ambos, en el transcurso de la cual el acusado sacó un cuchillo jamonero de unos 25 centímetros de longitud que portaba consigo, “haciendo aspavientos con el citado cuchillo para alcanzar” a la víctima, “quien le propinaba puñetazos y patadas destinadas a defenderse”. 

No obstante, y “en un despiste” de éste, el acusado, “con el fin de ocasionarle la muerte”, consiguió acometerle con el cuchillo jamonero, “dándole un tajo vertical descendente dirigido a la cabeza”. El fallecido intentó defenderse con su antebrazo izquierdo, lugar donde impactó el cuchillo con un fuerte golpe que le seccionó la vena basílica del antebrazo, provocándole un shock hipovolémico y, consecuentemente, la muerte. 

La Audiencia considera probado que, durante toda la noche, el acusado estuvo consumiendo alcohol y cocaína, lo que le mermó de forma “notoria” su capacidad volitiva.




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