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  • El tribunal desestima el recurso de apelación presentado por el padre de la menor fallecida al considerar que no hay indicios suficientes de criminalidad de la madre en los hechos ocurridos
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En el auto hecho público esta mañana, los magistrados de la Audiencia Provincial de Huesca consideran que no procede la declaración de la madre de la niña, en calidad de investigada, por ello, desestiman el recurso de apelación interpuesto por el padre de la menor, M.A. B. S., contra el auto dictado por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Jaca.

Los magistrados recuerdan al recurrente que el 25 de octubre de 2018, en otro trámite del mismo procedimiento, la sala ya declaró en un auto que “no había lugar a la declaración en calidad de investigada de la madre de la víctima” y en este sentido siguen considerando “que no hay indicios suficientes de una participación criminalmente relevante de la madre de la víctima en los referidos hechos, por lo que debemos mantener el criterio ya expresado en su día”.

Sobre la petición del recurrente para que se realice una nueva exploración a las dos memores amigas de la víctima, entienden el tribunal que “solicitar la intervención de las menores en repetidas diligencias judiciales, teniendo en cuenta que han sufrido una experiencia traumática, supone una amplificación del perjuicio causado a quienes tienen la condición de víctimas”. Por último rechazan también que se llame a declarar a las autoridades municipales, al personal del centro docente donde la víctima cursaba sus estudios y a los trabajadores de los servicios sociales de la zona, al considerar que en la causa “ya obran diligencias de carácter personal y documental que han podido ser tenidas en cuenta y que ya han servido para decidir sobre si procede la apertura del juicio oral o el sobreseimiento”, por eso consideran innecesaria la práctica de nuevas declaraciones respecto a estas personas.

Esta decisión de la Sala es firme y contra ella no cabe recurso alguno.




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