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  • La Sala Civil y Penal rebaja la pena del delito de asesinato de 23 a 21 años al fudamentar que no existe el agravante de ensañamiento
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La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la defensa del autor condenado de asesinato por el Tribunal del Jurado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz con sede en Mérida, y rebaja la pena de 23 a 21 años de prisión para el autor de matar a disparos a un hombre en Don Benito (Badajoz).

La Sala rechaza la petición de libre absolución de la defensa y confirma la resolución en todos sus extremos salvo en la concurrencia del agravante de ensañamiento.

De esta forma, la Sala confirma igualmente la condena al autor de los hechos de la pena de un año y siete meses de cárcel por el delito de tenencia ilícita de armas y le prohíbe acercarse y comunicar con la hija y hermanos del fallecido por un periodo de 33 años.

En esta misma causa ha sido condenado a cinco años de prisión un acusado como cómplice responsable de un delito de homicidio y ambos tendrán que indemnizar con una proporción de dos tercios el principal acusado y un tercio el otro condenado con 245.000 euros a los familiares de la víctima.

La sentencia relata que entre el condenado y la víctima había una enemistad y que el 20 de diciembre de 2016 el acusado se dirigió al domicilio del finado “con el propósito de hacerle daño”.

El acusado utilizó el móvil de su cómplice para que bajase a la calle y una vez se encontraron esgrimió un arma de fuego y realizó cuatro disparos de los cuales tres impactaron en el cuerpo de la víctima causándole la muerte.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.




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