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Madrid, 28 jul (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 24 años de cárcel a un hombre que asesinó a su mujer en Terrassa (Barcelona) en julio de 2019 asestándole 102 puñaladas, tras considerar probado que se trató de un crimen machista, que define como "orgía de puñaladas", y descartar la atenuante de estado pasional.

En una sentencia difundida por el alto tribunal, la Sala de lo Penal del TS desestima el recurso interpuesto por Manuel P.S. contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la condena que le había impuesto la Audiencia de Barcelona tras el veredicto del jurado que enjuició el caso.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirmó en octubre de 2022 la condena a 24 años de cárcel para el acusado de matar a su mujer asestándole 102 puñaladas por todo el cuerpo con dos cuchillos y unas tijeras.

También ratificó la prohibición del condenado a acercarse y comunicarse con los dos hijos que mantenía en común con la víctima durante 34 años y a pagar una indemnización de más de 550.000 euros a los familiares de la asesinada.

Ahora el Supremo vuelve a confirmar la condena, en una sentencia en la que se refiere al crimen como "una orgía de puñaladas" y en la que rechaza la solicitud del procesado para que se le aplicara la atenuante de estado pasional porque previamente la víctima le había deseado que se suicidara.

"El jurado, el magistrado presidente y la sentencia recurrida son coincidentes en las razones para su desestimación: la total y absoluta desproporción en los hechos horribles ejecutados por el acusado ante unas expresiones que ni siquiera el jurado tuvo como probadas", añaden los magistrados del TS.

Los jueces destacan que en los asesinatos de violencia de género, "por desgracia tan reiterados en nuestra sociedad y sobre los que el Derecho penal ha de dar una respuesta justa y proporcionada, correspondiente a la realidad que muestra esta lacra social, tan intolerable", el estado pasional tiene, como en todos los delitos, un "espacio excepcional", y solo se dará si se cumplen todos los requisitos.

La sentencia considera probados los hechos por los que se condenó al procesado y rechaza los argumentos que esgrime para rebajar la pena, como que tenía problemas laborales, que había dormido poco por la noche, que padecía depresión y que el día anterior la mujer le dijo que quería que él se suicidase.

Y subraya que la mujer fue atacada sin que se lo esperase y sin que pudiera defenderse.

Así confirma la condena y además le impone el pago de las costas ocasionadas por este recurso.

Los hechos sucedieron el 24 de julio de 2019 antes de las 09:30 horas de la mañana, cuando Manuel P.S. se encontraba en la cocina del domicilio donde ambos residían en Terrassa, y donde el condenado asestó varias puñaladas con dos cuchillos de 20 centímetros de hoja, uno de los cuáles se rompió, y unas tijeras.

La mujer recibió un total de 102 heridas repartidas entre la cabeza, cara, cuello, zona cervical, tórax y manos. Muchas fueron para provocar el mayor sufrimiento, según la sentencia.

Tras el crimen, el agresor se presentó en una comisaría de la Policía Nacional en Terrassa y manifestó a los agentes que había matado a su esposa.




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