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  • Socio director, Juan Ignacio Navas: “se incumplen cuatro directivas y otros artículos que causan graves perjuicios económicos a miles de empresas y autónomos y millones de asegurados”

El Parlamento Europeo ha comunicado oficialmente al despacho de Navas&Cusí, especializado en derecho comunitario, que se ha admitido su petición de “Incumplimiento de la normativa de la Unión Europea en el sector de talleres de reparación de  automóviles” que se presentó en nombre de las patronales del sector “por las malas prácticas y abusos que cometen las compañías aseguradoras en España, que causan graves perjuicios económicos a los talleres de reparación de automóviles, y que el Estado español consiente mediante el incumplimiento de cuatro directivas comunitarias y varios artículos del tratado de Funcionamiento de la UE”.

Según el socio director Juan Ignacio Navas “se pretende una solución desde Europa que, basada en el respeto al marco jurídico comunitario, termine con la desequilibrada relación actual de talleres y aseguradoras, dando origen a un marco más equitativo”

La demanda se interpone en nombre de CETRAA (Confederación española de Talleres de Reparación de Automóviles y Afines, que representa a 25.000 empresas del sector),  CONEPA (empresarios profesionales de automoción españoles, con 18 asociaciones de talleres en toda España), FAGENAUTO (agentes oficiales de la automoción, 1.684 pymes y 16.936 empleos directos y más de 3.000 autónomos ) y GANVAM (vendedores de vehículos a motor, reparación y recambios, que supone 350.000 empleos y una facturación de casi 100.000 millones de euros).

Las malas prácticas que realizan las compañías aseguradoras consisten en fijar los precios sin respetar el establecido por el taller y el importe a abonar por el siniestro, sin que se reconozcan las horas de trabajo que emplea el taller en la reparación del daño; los peritos de las aseguradoras tasan el tiempo y el coste de los materiales de las reparaciones en detrimento del taller; se ponen de acuerdo para imponer precios de forma unilateral a los talleres (colusión tácita), lo cual está expresamente prohibido por Ley.

Además, la dependencia económica de los peritos de las aseguradoras no permite garantizar que actúen con estricta objetividad a la hora de evaluar los daños y fijar el precio/hora de la reparación. Siguen el mandato y actúan en beneficio de la aseguradora. Esta práctica incumple el artículo 17.3 de la Directiva 2016/97, sobre distribución de seguros

Algunas aseguradoras imponen a los talleres los proveedores de recambios o el tipo de recambio a instalar, lo cual vulnera la Directiva 2006/123/CE. Hay compañías que comercializan pólizas que impiden a los clientes elegir libremente el taller para reparar su vehículo, restringiendo la libre competencia y la libertad de elección del consumidor. Está práctica vulnera la Directiva 93/13/CEE sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, siendo especialmente abusiva en el caso de los accidentes imputables a terceros.

Igualmente, el carácter abusivo se extiende a la cláusula restrictiva a la libre elección, que no se destaca en el texto del contrato del seguro ni se firma separadamente. Algunas entidades apremian al cliente para que lleve su vehículo a determinados talleres seleccionados, distorsionando el mercado al limitar y restringir la libre elección de taller por el consumidor. Esta práctica vulnera la Directiva 2005/29.




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