Normalmente lo hacemos sin pensar, yo lo he hecho (y después de caer en esta duda que me invade, lo he vuelto a hacer). Se trata de instalar aplicaciones en el móvil.
Todos las instalamos y todos tenemos esa ventana al mercado de las APPs tan fácil como coger el móvil. He de confesar que no soy de Apple ( lo que igual hace descender el número de lectores del artículo) y uso Android lo que me obliga a circunscribirme a este sistema de código abierto donde muchas de las aplicaciones son gratuitas y otras no pero, hasta ahora, todas las que me he descargado coinciden en no cumplir una serie de requisitos que me parecen necesarios y, además, requeridos por Ley.
No se pretende hacer un artículo alarmista pero sí poner, como se dice, “encima de la mesa”, una serie de inquietudes y, entiendo que, anomalías que se producen a la hora de instalar unas aplicaciones en nuestro Smartphone y que, por la facilidad con las que se instalan las apps, pasamos por alto.
Fue hace unas semanas cuando me percaté de que la Secretaría de Estado para la Seguridad había creado una APP llamada Alert Cops. Esta aplicación permite a las personas que la usan alertar a las autoridades en el caso de que haya una emergencia mediante una interfaz muy práctica como podrán ver en las capturas realizadas en la misma aplicación en la sección de Google Play del sistema de Google.
Pues bien, cuando lo instalas te pide, como muchas otras aplicaciones, acceso a tu GPS pero además te solicita acceso a lo siguiente:
Estas dos prioridades me hicieron, por primera vez, plantearme si aceptar o no. Rechacé y me salió este mensaje
O sea que o aceptamos que la aplicación tenga acceso a nuestras imágenes y sms o si no, nada de nada. Nada que hacer. Nos quedamos sin una herramienta tan útil.
El pensamiento que me vino a la cabeza fue ¿por qué la policía va a querer tener acceso a mis imágenes y videos? ¿y por qué ha de leer mis sms?
¿Por qué querría ver mis fotos íntimas? ¿y si tengo una en calzoncillos? ¿Quién querría verme? ¿y si me gusta disfrazarme de Drag Queen? ¿mi contenido multimedia? ¿videos familiares, cómicos, videos erótico-festivos? Bueno en este último caso, podría tener una explicación, pero ¿por qué voy a dar tanta información privada a la policía?
Justo, en el menú principal de la tienda de google, donde tienes abierta la aplicación a instalar, puedes encontrar abajo del todo, cuando has pasado los comentarios y las ofertas de otras aplicaciones, la política de privacidad. Esta no está visible a primera vista ni te salta cuando te instalas la aplicación o cuando te pide la aceptación de acceso a tus archivos multimedia y sms
Ahí podremos ver la política de privacidad donde se dice que “mediante la marcación de la casilla ( los usuarios) aceptan expresamente y de forma libre e inequívoca que sus datos personales sean tratados por parte de la Secretaría de Estado de Seguridad para las siguientes finalidades:
§ Recepción y remisión a los Centros de Gestión de Emergencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (091 o 062), de las comunicaciones realizadas por el usuario registrado, ante una situación de inseguridad o emergencia comprendida en las situaciones predefinidas en el sistema, enviando de manera automática la información del alertante, que será la definida durante su registro, junto con su posición y la situación de emergencia.
§ Gestión de una plataforma de acceso web seguro para que los usuarios puedan consultar y gestionar (actualizaciones, ampliaciones, correcciones) los datos de registro. La información de carácter personal y de interés para el tratamiento del aviso no residirá en los dispositivos móviles ni en la aplicación en movilidad.
§ Realizar estudios estadísticos
§ Remitir alertas y avisos de seguridad, en función de sus datos personales y datos de localización facilitados por el usuario.
§ Remisión de comunicaciones de interés para la seguridad ciudadana a través de e-mail, fax, SMS, MMS, comunidades sociales o cualesquier otro medio electrónico o físico, presente o futuro, que posibilite realizar esta comunicación. Dichas comunicaciones estarán relacionadas con servicios ofrecidos por el prestador, así como por parte de otros organismos de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas o Entes Locales con competencia en materia de seguridad ciudadana, con los que el prestador del servicio hubiera alcanzado algún acuerdo. En este caso, los terceros nunca tendrán acceso a los datos personales. En todo caso las comunicaciones serán realizadas por parte del prestador y serán de servicios relacionados con el sector de la seguridad ciudadana.
Siguen sin decir para qué quieren acceder a nuestras fotos y archivos multimedia.
Sé que muchos de los que estarán leyéndome se estarán diciendo “Pero, alma de cántaro, esto lo haces con prácticamente todas las apps” y tienen razón, quizá el hecho de que sea el Gobierno y la policía quienes lo hagan, despierte en mi cierto espíritu liberal, o quizá piense que el hecho que una aplicación del Gobierno no respete la Ley sea preocupante.
El nuevo reglamento europeo sobre protección de datos (así como la propia LOPD) establece que el consentimiento ha de ser previo y ha de informar, no solo de la existencia de un fichero, sino de para qué se van a usar los datos. Así en dicho consentimiento, insisto, previo, se ha de dejar claro dónde va a estar el fichero, quién lo va a gestionar y qué uso se va a hacer de los datos. El hecho de que el consentimiento sea PREVIO mostrando todas las condiciones de uso, nos lleva a la siguiente “irregularidad”
De la misma forma que cuando adquieres un producto de forma electrónica deberían enviarte o darte la posibilidad de descargarte en soporte duradero estas condiciones de uso donde se haga constar, entre otras cosas, lo sugerido lo antes mencionado, en las apps debería pasar lo mismo. No es que las aplicaciones, nos informen sobre qué harán con la información que nosotros subamos (por ejemplo cuando subimos información al Facebook), es que nos solicitan acceder a nuestro smartphone.
La Sentencia del Tribunal Constitucional nº 115/2013, de 9 de mayo de 2013,considera el acceso al teléfono móvil una injerencia leve en la intimidad de las personas, siempre que se hayan respetado las exigencias dimanantes del principio de proporcionalidad, esto es, idoneidad de la medida, necesidad de la misma y juicio de proporcionalidad.
Pero parece que el Tribunal Supremo de EEUU va teniendo otra idea siendo ésta bastante más restrictiva con la que estoy totalmente de acuerdo.
A fin de cuentas, en nuestro Smartphone no sólo se ve reflejado el derecho al secreto de las comunicaciones sino a la inviolabilidad del correo (email); intimidad (fotos); privacidad (localización)
No hemos de olvidar que en el mundo de las APP’s los que nos las instalamos, tenemos consideración de consumidores por lo que, además, entraría en juego, no solo la LSSI en su Título IV , la LOPD ( Artículo 5); Reglamento Europeo de Protección de Datos en su Capítulo III, sino además, la Ley de Defensa de Consumidor en el Capítulo II Título III donde se obliga al comerciante a entregar en soporte duradero, el contrato ( licencia) por el que adquiere el bien o servicio, en este caso : el software.
Las condiciones de uso de Alert Cops están apartadas y alejadas de la opción de compra o adquisición (como el resto de App’s), no hay un consentimiento expreso y explicito porque has de buscar que existan esas condiciones de uso y no se te facilitan ni a la hora de instalar las apps ni en el momento de dar el consentimiento, es decir, a la hora de marcar la casilla “acepto que entres en mi vida”. Por tanto, desde mi punto de vista, no se funciona correctamente, en general, en las aplicaciones del Google Play y en concreto, con esta de la Secretaria de Estado para la Seguridad
Posiblemente muchos compañeros, más doctos que yo en esta materia, encontrarán altamente alarmista este artículo y posiblemente, presenten objeciones a la aplicación de alguna norma que he referido, pero, no hemos de olvidar que, a fin de cuentas, se trata de dar permisos, no se sabe a quién, para que acceda a nuestro móvil sin saber qué datos e información va a obtener y qué uso va a hacer con ellos. Y eso cuando se trata de la policía y de la Secretaría de Estado para la Seguridad, puede dar un poco más de respeto, quizá me esté dejando llevar por la película que recientemente he vuelto a ver Enemigo Público o quizá entienda que la Ley es una garantía para todos nosotros y cuando se trata de entrar en nuestra intimidad, el ser exigentes con su cumplimiento, es una cuestión innegociable.