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Cada año multitud de estudiantes se desplazan fuera de su domicilio habitual para comenzar sus estudios universitarios. Hay quienes tienen la opción de poder vivir en casa de algún familiar que resida en la ciudad donde se va a trasladar, sin embargo, muchos de ellos tienen que buscar un piso de alquiler o alquilar una habitación en un piso compartido.

Desde Legálitas recordamos los aspectos más importantes que debemos tener en cuenta al formalizar el contrato de alquiler en cada uno de los supuestos, y repasamos qué derechos se tiene al alquilar una habitación.

Habitacion en piso compartido: Contrato de alquiler de una vivienda entre varios

Se debe formalizar un único contrato de arrendamiento entre todos los inquilinos y la propiedad que puede ser temporal si es por un único curso escolar o bien de vivienda habitual, cuando la finalidad de este sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda de los arrendatarios.

En este sentido, no es necesario pacto expreso de solidaridad cuando del contenido del contrato se evidencia que esa es la voluntad de los contratantes. Por ejemplo, si hay unidad de renta pactada, no es necesario que el contrato contemple la distribución de la vivienda de forma que su uso se presente como único e indivisible.

Derecho al uso de las zonas comunes

Si alquila una habitación con derecho de uso de zonas comunes, formalizado un contrato de arrendamiento independiente será al del resto de ocupantes de la vivienda, cuyas obligaciones y derechos te vincularán única y exclusivamente con el arrendador.

En cualquiera de los dos casos es fundamental que tengas en cuenta que la formalización por escrito del contrato de arrendamiento es algo básico para poder defender tus derechos además de reconocer tus obligaciones.

¿Qué debe contener el contrato de alquiler?

En el contrato de alquiler deben aparecer:

  •         Datos identificativos de las partes (arrendador y arrendatario).
  •         Dirección a efectos de notificaciones.
  •         Dirección y descripción del objeto del contrato (piso, chalet, habitación…).
  •         Suministros y gastos asimilados que serán repercutidos a la parte arrendataria (cuota ordinaria de comunidad, tasa de basuras, etcétera).
  •         Precio de la renta.
  •         Duración del contrato. Si tiene carácter temporal en atención al período de estudios o va a ser más permanente, de modo que se pueda considerar un arrendamiento de vivienda habitual.

Otros aspectos que se pueden incluir en el contrato de alquiler

En el caso de que se incluyan muebles en el alquiler de la habitación es conveniente incluir un anexo, firmado por las partes, que relacione exactamente los muebles y enseres, describiéndolos detalladamente si tuvieran un valor especial o nuevos alojamientos como, por ejemplo, en el caso de los electrodomésticos.

También es habitual la inclusión por parte del propietario de una cláusula específica que regula ciertas normas de convivencia en relación con el uso de dependencias comunes con el resto de los ocupantes, incluso con mención expresa a la prohibición de acceso a la vivienda o habitación por parte de terceros (familiares, pareja, amigos) que no sean parte del contrato. El fin es evitar posibles conflictos motivados por convivencia durante la vigencia del alquiler , aunque la validez de este tipo de limitaciones es dudosa.

Como garantía adicional, el arrendador exija a la parte arrendataria de la habitación un depósito, además del pago de una fianza de conformidad con la legislación vigente, así como que los padres o tutores respondan en calidad de avalistas solidarios con sus bienes y derechos presentes y futuros, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas del contrato.

 

Luis Delgado Giménez | Abogado de Legálitas




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