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Con la nueva normalidad se está reactivando el tráfico aéreo, pero con nuevas normativas. Te contamos todo lo que necesitas saber antes de coger un avión.

Qué saber antes de ir al aeropuerto

Antes de acudir al aeropuerto hay que tener presente que, en base a la normativa aprobada por el Gobierno, Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio de medidas de reactivación económica para hacer frente al COVID-19 en los ámbitos de transporte y vivienda:

  • El uso de mascarilla quirúrgica o de mayor protección es obligatorio a partir de los 6 años, tanto en la terminal del aeropuerto como en el avión, salvo en los casos debidamente justificados.
  • Solo podrán acceder a la terminal los pasajeros con billete o tarjeta de embarque válidos, en las 6 horas anteriores a la salida prevista del vuelo. También se permitirá el acceso a acompañantes de pasajeros que, por ser menores, con movilidad reducida u otra causa debidamente justificada, requieran asistencia.
  • Los pasajeros procedentes del extranjero deben entregar en el aeropuerto el Formulario de Control Sanitario y entregarlo en el control de Sanidad Exterior.
  • En ningún caso debe acudir al aeropuerto ni viajar, aquella persona que haya sido diagnosticado de COVID-19, que se encuentre en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona diagnosticada de COVID-19 o aquella que tengan síntomas de enfermedad compatibles con el COVID-19.
  • Los pasajeros están obligados a someterse a los controles sanitarios establecidos por el Ministerio de Sanidady adoptar las medidas preventivas que para cada momento se establezcan (uso de mascarilla, higiene de manos, distanciamiento...).
  • La detección de síntomas de padecer la COVID-19 en los controles sanitarios podrá suponer la denegación de acceso a la infraestructura aeroportuaria, la denegación de embarque o el desalojo de la aeronave una vez embarcado.

Las compañías aéreas, antes de la emisión de la tarjeta de embarque, deberán facilitar información a los pasajeros sobre las causas sanitaras por las que se debe abstener de acceder al aeropuerto, así como de las consecuencias derivadas de detectar en los controles sanitarios a una persona sospechosa de padecer COVID-19. También obtendrán la confirmación del pasajero de haber leído esta información y la declaración de su estado de salud.

Los incumplimientos serán sancionados, según el caso, por la Ley de Seguridad Aérea o la Ley de Salud Pública.

Una vez dentro del aeropuerto

En la terminal de aeropuerto, la empresa responsable de la gestión de los aeropuertos españoles (AENA), ha reforzado los protocolos de limpieza de las zonas de facturacióny espacios de embarque, que se desinfectan diariamente con los productos especificados por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea de España (AESA).

Las compañías aéreas también deben reforzar la limpieza del interior de los aviones, tanto en frecuencia como en el uso de los productos especificados por la agencia de seguridad, AESA.

Los gestores aeroportuarios y las compañías aéreas informarán a los pasajeros, por megafonía del aeropuerto, cartelería, medios digitales y señalética, entre otros medios, de todas estas medidas.

 

Es recomendable, antes de viajar, revisar las condiciones establecidas por la compañía aérea con respecto a las opciones de check-in, así como de los requisitos y medidas del equipaje de mano.

 
 



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