Barcelona, 5 dic (EFECOM).- El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Barcelona ha dictado una sentencia por la que se reconoce el derecho de un empleado público del Ayuntamiento de la capital catalana a disfrutar de un permiso parental de 8 semanas retribuido para cuidar a su hijo.
La sentencia afecta a un empleado público cuyo caso ha sido defendido por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), que ha calificado el fallo como "pionero".
El demandante solicitó al Ayuntamiento de Barcelona un permiso parental retribuido para el cuidado de un hijo menor de 8 años y lo disfrutó entre octubre y diciembre de 2023, según ha informado CSIF.
Inicialmente, el Ayuntamiento consideró el permiso como retribuido, pero posteriormente cambió su postura y lo declaró como no retribuido, dando lugar a la reclamación judicial.
En la sentencia, la jueza señala que "es innegable que este permiso ha desplegado efectos retributivos por parte del Ayuntamiento de Barcelona, por lo que el consistorio no puede ir ahora en contra del carácter retribuido del permiso parental que ha reconocido previamente".
La magistrada admite que la determinación del permiso parental retribuido o no "es una cuestión no resuelta en la legislación española", porque, subraya, España aún no ha traspuesto la directiva europea relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional de progenitores y cuidadores.
En un comunicado, CSIF ha celebrado esta sentencia "pionera", aunque sea en primera instancia, y ha avanzado que promoverá reclamaciones similares en otros ámbitos de las administraciones públicas para que la justicia cree jurisprudencia sobre esta cuestión.
En todo caso, el sindicato ha apelado al Gobierno central a adoptar "sin más demora" la directiva europea con carácter retributivo.
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