El 22,5% de las emisiones de gases de efecto invernadero que se producen en España proceden de la industria siderúrgica. La mayor parte de ellas provienen de un foco muy concreto: la acería de Gijón, propiedad de la compañía ArcelorMittal, que utiliza carbón y forma parte de las diez fábricas de acero más contaminantes en Europa (datos de Eurostat).
El contexto de emergencia climática y ambiental en el que vivimos hace que sea imprescindible asegurar que este tipo de instalaciones operen conforme a la legislación ambiental vigente. Sin embargo, el Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA) ha detectado que en el caso de la acería de Gijón no se está cumpliendo.
En octubre de 2022 y abril de 2023, se publicaron en el Boletín Oficial del Principado de Asturias dos resoluciones para modificar la autorización ambiental integrada de la factoría de Gijón para sustituir la chimenea del Sínter B secundario de 33 metros de altura por una nueva chimenea de 60 metros. Esta modificación reemplazaba la originalmente prevista en el 'Plan de acción a corto plazo para la reducción de partículas en la zona Oeste de Gijón', aprobado en marzo de 2021, que preveía la instalación de un nuevo filtro de mangas que habría supuesto una importante mejora de los niveles de partículas en suspensión en la atmósfera en la zona.
Este cambio de actuación, autorizado por la administración, se justificó afirmando que la mejora alcanzada en la calidad del aire con las nuevas características del foco emisor (chimenea de mayor altura) era del mismo orden de magnitud que la que se lograría con la instalación del filtro de mangas. Sin embargo, tal y como señala el ingeniero ambiental del IIDMA, Massimiliano Patierno, tal afirmación está alejada de la realidad: “La nueva chimenea en ningún caso reduce las emisiones del foco relativo al Sínter B secundario, pues su efecto es repartir las emisiones en una zona más amplia. Además, debido a este cambio, al titular de la instalación se le permite, para el foco en cuestión, un límite de emisión para partículas mucho más laxo, al ser el precipitador electrostático la única Mejora Técnica Disponible (MTD) instalada en ese foco". De hecho, según la normativa de aplicación, con la nueva chimenea el valor límite de emisión diario aplicable es de 30 mg/Nm3 frente a los 10 mg/Nm3 que se habrían tenido que aplicar en caso de haberse instalado el filtro de mangas.
Ante esta situación, entre noviembre de 2022 y marzo de 2023, el IIDMA presentó dos recursos de reposición frente a la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático (hoy transformada en la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico). Al no haber recibido respuesta de la Administración y entender que, por tanto, ambos recursos fueron desestimados por silencio administrativo negativo, el Instituto inició un procedimiento judicial frente al Tribunal Superior de Justicia de Asturias que fue admitido a trámite el pasado 23 de febrero.
El caso se ve agravado por la importante situación de contaminación de partículas existente en las inmediaciones de la fábrica de acero, tal y como reflejan los valores registrados en varias estaciones de medición de calidad del aire de la zona. “Las actuaciones de ArcelorMittal, con el beneplácito del Gobierno asturiano, van contra la urgente necesidad de reducir las emisiones contaminantes a la atmósfera procedente de las actividades industriales y, por tanto, suponen un obstáculo al objetivo de lograr un alto nivel de protección del medio ambiente y la mejora de la calidad ambiental y de la salud humana”, concluye la abogada ambiental del IIDMA Carlota Ruiz-Bautista.
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