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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha hecho público los datos de la última campaña de vigilancia en carreteras convencionales, en la que se trataba de concienciar del uso del cinturón de seguridad, detectar el consumo de alcohol y drogas de los conductores y comprobar que se circula con toda la documentación actualizada, tanto del vehículo como del propio conductor.

En la semana que ha durado esta campaña, 21.939 conductores han sido sancionados, de los cuales más de la mitad (12.193 conductores) han sido multados por exceso de velocidad. Los datos de la DGT señalan que 1.369 sanciones han sido como consecuencia de no llevar abrochado el cinturón de seguridad o el sistema de retención infantil.

En el puesto número tres del ranking de infracciones habituales se encuentra la falta de documentación del vehículo, situación por la que han sido multados 1.182 conductores en una semana.

Además de multas por exceso de velocidad, carecer o disponer de la documentación incorrecta del vehículo y no llevar abrochado el cinturón de seguridad, durante la campaña de la DGT, 897 conductores fueron sancionados por conducir bajo los efectos del alcohol.

Multas por superar los límites de alcohol permitidos

La multa por superar las tasas de alcohol fijadas por ley son de 500€ y la pérdida de 4 ó 6 puntos del carné de conducir, mientras que pasaría a ser de 1.000€ y la pérdida de 4 ó 6 puntos si hubiera sido multado por el mismo hecho en el año inmediatamente anterior o duplicara la tasa de alcohol permitida.

Multas por carecer o disponer de la documentación incorrecta del vehículo

En Legálitas recordamos que hay ciertos documentos que siempre debemos llevar con nosotros cuando cogemos el coche. Esos documentos son el carné de conducir, el permiso de circulación del vehículo o la tarjeta de ITV.

Si conducimos sin llevar cualquiera de estos documentos, pero sí los tenemos en vigor (por ejemplo, se nos ha olvidado la documentación en casa), la multa será de 10€. Pero esta sanción aumenta sustancialmente si:

  • El carné de conducir está caducado: Multa de 200€
  • No pasar la ITV en el plazo marcado o circular con resultado negativo de ITV puede llegar a suponer una multa de hasta 500€.

Multas por no llevar abrochado el cinturón de seguridad o los sistemas de retención infantil

La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial típica este hecho como una sanción grave, lo que puede suponer una multa de 200€ y la pérdida de 3 puntos del carné de conducir.

Misma sanción económica supone para el conductor llevar a un niño sin el sistema de retención infantil correspondiente, es decir, multa de 200€ y la pérdida de 3 puntos del carné de conducir.

Multas por exceso de velocidad

Las multas por exceso de velocidad se dividen en graves y muy graves, siendo la cuantía de la sanción entre los 100€ y los 600€, según el exceso de velocidad cometido.

En el siguiente cuadro, elaborado por la propia Dirección General de Tráfico, se recogen tanto la cuantía de la sanción como el número de puntos que podría llevar asociado ese exceso de velocidad:




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