lawandtrends canal de whatsapp

LawAndTrends



Puedo jurar donde haga falta que pertenezco al planeta tierra y que nací en el Mediterráneo, pero parece que para Lexnet soy un extraterrestre. Y es que tiemblo cada vez que tengo que presentar algo a través de esta plataforma.

Se trataba de un escrito de personación ante el Tribunal Supremo. Escrito facilón donde los haya porque se hace en un plis plas.

Hago el escrito y empieza la aventura de la presentación. La plataforma me da varias opciones: Presentar escrito de trámite, iniciador o de personación. Como le parece claro a mi mente marciana, relleno el formulario de personación…. Pero algo no funciona porque el sistema no se lo traga. Tropecientos mil intentos después, un compañero me dice que aunque me persone, lo tengo que presentar como escrito iniciador. La cosa es que yo no estoy iniciando nada, simplemente pretendo presentar el escrito en un recurso cuyo trámite ya está iniciado.. pero, en fin… lo hago y ¡Eureka!!!, el sistema lo devora….

Estoy dos o tres días sin entrar en Lexnet y cuando por fin lo hago, me salta un mensaje que viene a decir que no han cursado el escrito porque no acompañaba la diligencia de emplazamiento. A diferencia de otras notificaciones que siempre van precedidas de un correo electrónico que avisa de que tienes una notificación por abrir, en este caso nadie dice nada y me encuentro el mensaje por sorpresa. En mi pueblo, un escrito así es remitido siempre al Juzgado y es éste el que por Diligencia decide si se admite a trámite o no y da pie a los correspondientes recursos si uno no está de acuerdo. En Lexnet, parece que un misterioso alguien desde la nube informática decide cosas como estas sin dar posibilidad a recurrir. Por otra parte, no he sido aún capaz de encontrar ni un solo precepto que obligue a presentar una copia de la Diligencia de emplazamiento como requisito de admisión a trámite del escrito. Es más, recuerdo perfectamente que en anteriores ocasiones jamás me habían pedido esto.

Por suerte iba sobrado de plazo y vuelvo a presentar el escrito (el mismo que ya había presentado como escrito de personación) adjuntando la diligencia de emplazamiento… y esta vez abro Lexnet al día siguiente y si, me sale un mensaje que dice que se ha admitido el escrito a trámite. He aterrizado en la tierra.

Parece pues que en esta extraña galaxia con la que me he topado, hay que presentar los escritos utilizando un formulario que nada tiene que ver con la naturaleza del trámite que uno pretende y que luego “alguien” en la nube decide, sin posibilidad de recurso alguno, si el escrito se admite o no a trámite y avisan si, pero de tapadillo que igual uno va y se le ocurre subsanar. Este, parece que es el nivel.

Desde mi visión marciana del asunto, me cuesta entender y sobre todo digerir que se pueda tardar unas mil veces más en presentar un escrito que en redactarlo y encima, con el riesgo a que lo inadmita no se sabe muy bien quien ni porqué.

Houston, tenemos un problema.




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad