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Madrid, 1 jul (EFE).- Una jueza de Madrid ha absuelto de todos los delitos al hombre que fue juzgado por acosar a Pablo Iglesias y a Irene Montero en su vivienda de Galapagar (Madrid) durante el año 2020, cuando fue diariamente a las puertas de su casa hasta que otro juzgado dictó una orden de alejamiento.

En una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, la magistrada del Juzgado de lo Penal número 14 de Madrid ha absuelto a Miguel Ángel F. de los delitos de injurias, injurias graves a las instituciones del Estado, coacciones y revelación de secretos.

Lo único que la jueza considera punible es que el acusado portase una pancarta en la que denigraba a la entonces ministra de Igualdad tildándola de "analfabeta" y añadiendo que su único mérito era "tener las rodilleras gastadas", pero no lo condena por considerarlo prescrito.

La jueza ve dicho comentario "altamente injurioso", "claramente vejatorio" y cree que "atenta contra la dignidad" de Irene Montero, si bien el delito de injurias prescribe al año y la causa ha estado paralizada entre marzo de 2022 y febrero de 2024, de modo que también le absuelve del mismo.

Del resto de las acusaciones, incluida la grabación y difusión de un vídeo en el que se veía parte de la vivienda, la magistrada no aprecia que se haya cometido delito. A su juicio, las protestas llevadas a cabo frente a la casa del entonces vicepresidente del Gobierno y de la ministra, aunque molestas, eran de naturaleza política.

"(...) Se trataba de concentraciones molestas, reiteradas y ruidosas, pero políticas", señala la sentencia, contra la que cabe recurso, y que enmarca los hechos en un escrache.

La jueza considera probado que el acusado acudía a las puertas de la casa de ambos con altavoces en los que reproducía el himno nacional, profería gritos contra el entonces vicepresidente -"chepas", "garrapata", "no vamos a parar hasta que os vayáis a Venezuela"-, e incluso exhibió una pancarta con el lema "Pablo Iglesias, hijo de terrorista", con gran repercusión en redes, además de la ya mencionada contra Montero.

Sin embargo, justifica la absolución en que el acusado no inició las protestas, sino que se sumó a las ya convocadas, y que allí también había "otro grupo de personas partidarios" de Iglesias y Montero que lanzaban proclamas con un volumen similar.

Afirma que, después la medida cautelar que le prohibió acercarse al domicilio, las protestas continuaron y también "las molestias" que generaban que, dice, "también procedían del grupo de simpatizantes con la gestión del Gobierno".

La magistrada no ve acreditado que el acusado fuese "instigador" de las protestas ni que Iglesias y Montero tuviesen que realizar cambios en su vida laboral, como ellos mismos declararon, ya que un policía que ejercía de escolta dijo que Iglesias "nunca tuvo incidente" con el acusado.

Admite que "un ruido constante con megafonía es altamente molesto y no está justificado de forma alguna" y "altera la vida familiar y personal de cualquier persona", pero insiste en que ya existía antes de que el acusado llegase a las concentraciones y que no procedía solo de su grupo.

Y añade que no se pueden desligar las protestas del momento en que ocurrieron: "las decisiones del Gobierno que afectaron a toda la ciudadanía y por las que se recluyó en sus casas a la mayor parte de la población".

Respecto a la alegación de Iglesias y Montero del "miedo" que llegaron a pasar, la jueza dice que "consta acreditado" que el acusado "jamás se acercó" a ellos y que solo les vio en el cumpleaños del exvicepresidente, cuando, según este, le llamó "hijo de puta"




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