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¿Nos pueden multar por no prestar auxilio a las víctimas de un accidente de tráfico? ¡Te lo contamos en este artículo!

No ayudar a las víctimas de un accidente es delito si está en nuestras manos hacerlo. Te explicamos las penas y multas a las que estamos expuestos, tanto si somos los causantes del mismo como si solamente lo hemos prese

¿Es delito no ayudar a las víctimas de un accidente?

Para abordar si es delito no, no auxiliar a las víctimas en un accidente de tráfico, deberemos, en primer lugar, diferenciar dos figuras delictivas que acostumbran a generar confusión: el abandono del lugar del accidente y la omisión del deber de socorro. Una vez analizadas y diferenciadas, podremos determinar si es delito no ayudar a las víctimas de un accidente.

  • El abandono del lugar del accidente
    Del delito de abandono del lugar del accidente solo puede ser acusado el conductor causante del accidente. Esto sucede cuando, sin ninguna razón que lo justifique, el conductor se ausenta del lugar del siniestro (excepto si está siendo trasladado en ambulancia) existiendo víctimas que a raíz del accidente precisen más que una primera asistencia facultativa. En este caso, se le impondría al responsable una pena de hasta 4 años de prisión.
  • Omisión del deber de socorro
    A diferencia del anterior, del delito de omisión del deber de socorro puede ser acusada cualquier persona siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
  • Que el peligro sea manifiesto y grave
  • Que la víctima se encuentre desamparada (que nadie le esté prestando auxilio)
  • Que el auxilio se pueda llevar a cabo sin peligro propio o para terceros
  • Que se abandone el lugar del accidente de forma consciente y activa, sin prestar ninguna clase de asistencia

Las penas en este caso variarán en función de las circunstancias: entre los 6 meses y los 4 años. 

Inciado como testigos. Además, te aconsejamos cómo actuar de manera correcta en estos casos.

¿Me pueden multar si no socorro a una víctima de accidente de tráfico?

La respuesta es sí. Fuera de los 2 tipos penales analizados anteriormente, la obligación de prestar auxilio viene regulado en el artículo 51 de la Ley de Tráfico y desarrollado en el artículo 129 del Reglamento de Circulación, por el cual se exige que todo aquel que sufra un accidente tiene que detenerse y colaborar con la policía, bajo infracción grave y multa de 200€.

Qué hacer si hemos presenciado un accidente

Si hemos presenciado un accidente de tráfico, debemos actuar de la siguiente manera:

1. Auxiliar o solicitar auxilio a emergencias para las personas heridas

2. Colaborar con el fin de evitar daños mayores y restablecer, en la medida de nuestras posibilidades, la seguridad en la circulación

3. Esclarecer los hechos ante las autoridades si somos requeridos para ello.

¡Pinchando aquí puedes ampliar la información sobre este último punto!

 

 



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