Carpeta de justicia

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  • Inminente reducción de la velocidad máxima en carreteras secundarias: a 90 km/h para coches y motos, y a 80km/h para camiones, autobuses y furgonetas.
  • “Reducir la velocidad salva vidas, pero para ser efectiva la medida la velocidad debería ser uniforme para todos los vehículos” recuerda Francisco Canes.

Las carreteras secundarias son las más peligrosas y la velocidad es clave

Asociación DIA celebra que se vaya a reducir la velocidad en carreteras secundarias pues en estas carreteras, caracterizadas por tener un solo carril por sentido y no estar desdobladas, se concentra el grueso de los accidentes de tráfico, y en particular los muy graves y los mortales.

Se trata de una medida que DIA lleva tiempo reclamando y que trasladó el pasado 25 de octubre a Pere Navarro, Director General de Tráfico, en un encuentro que mantuvieron.

“En 2017 el 77% de las personas que fallecieron en accidentes en vías interurbanas circulaban por carreteras secundarias. Sabemos que esta medida es impopular pero puede salvar muchas vidas y prevenir de grandes lesiones a cientos de personas. El problema es que no se rebaja de manera homogénea, y así no se acaba con el problema de los adelantamientos”, recuerda Francisco Canes, presidente de Asociación DIA y Fundtrafic.

Como asociación de víctimas siempre apoyaremos que se bajen los límites de velocidad. “Tenemos que recordar que la velocidad se ve involucrada en un accidente de dos formas. Como causa que provoca el accidente y como causa que agrava las lesiones del accidente. Bajar los limites será bueno desde esos dos puntos de vista.” explica Eugenio Martín, responsable del área de formación y seguridad vial de Fundtrafic, fundación de apoyo a víctimas de accidentes creada por DIA en 2012.

La medida no soluciona el problema de los adelantamientos

“El principal riesgo en carreteras convencionales son los adelantamientos, que pueden terminar en colisiones frontales o frontolaterales. Si imponemos a camiones, autobuses y furgonetas una velocidad máxima de 80 km/h y al resto de vehículos de 90 km/h ¿qué sucede? que al ir circulando a 90 nos vamos a topar con vehículos a los que adelantar, ahí está el riesgo.” apunta Canes.

Según los datos de la DGT, en 2017 el 64,4% de las personas fallecidas en accidentes en carreteras secundarias lo fueron por salidas de vía o colisiones frontales.

A pesar de la idoneidad de rebajar los límites de velocidad, consideramos que la velocidad en carreteras secundarias debería ser homogénea para todos los vehículos para reducir las víctimas. El actual cambio dejará como límites máximos en 90 km/h para coches y motocicletas y 80 km/h para camiones, autobuses y furgonetas.

“Instalar bandas sonoras en carreteras secundarias para evitar salidas de vía y colisiones por invasión del carril contrario nos parecen urgentes. Pero para eso necesitamos mayor inversión en seguridad vial y menos medidas cosméticas.” puntualiza Canes.

Estas son las velocidades máximas actuales

Eugenio Martín, responsable del área de formación y seguridad vial de Fundtrafic, explica cómo es la normativa actual referente a velocidades máximas que se verá modificada en carreteras secundarias.

TURISMOS Y MOTOS. La velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías es de 120 km/h. En carreteras secundarias con arcén pavimentado de al menos 1,5 metros de ancho o más de un carril por alguno de los sentidos es de 100 km/h y de 90 km/h en el resto de vías convencionales.

AUTOBUSES. Los autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables deben circular a 100 km/h en autopistas y autovías. Se deberá reducir a 90 km/h si lo hacen por una carretera convencional, siempre que tenga un arcén pavimentado de 1,5 metros o más de anchura o más de un carril para alguno de los sentidos de circulación. En el resto de vías, fuera de poblado, no podrán superar 80 km/h. Y en el caso de que en un autobús viajen pasajeros de pie, la velocidad máxima, cualquiera que sea el tipo de vía interurbana, será de 80 km/h.

CAMIONES. En autopistas y autovías, camiones, vehículos articulados, tractocamiones y furgones no pueden sobrepasar los 90 km/h. En convencionales fuera de poblado, el máximo es 80 km/h en aquellas que tengan un arcén pavimentado de al menos 1,5 metros de ancho o más de un carril en algunos de los sentidos. y 70 km/h, en el resto de carreteras convencionales.

AUTOMÓVILES CON REMOLQUE. El límite en autovías y autopistas será de 90 km/h con remolque ligero (cuya masa máxima es inferior o igual a 750 kg.) y de 80 km/h con remolque no ligero (superior a 750 kg). En carreteras convencionales con arcén de 1,5 m y pavimentado., deben circular a 80 km/h. En el resto de vías interurbanas su límite es 70 km/h.

TRANSPORTE DE VIAJEROS Y MERCANCÍAS PELIGROSAS. Cualquier vehículo, del tipo que sea, dedicado al transporte escolar y de menores o al transporte de mercancías peligrosas, deberá reducir en 10 km/h la velocidad máxima fijada según del tipo de vehículo y del tipo de vía.

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