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  • Tanto empresa como trabajador deberán cumplir con las medidas en materia de prevención de riesgos laborales.

El teletrabajo se ha configurado como una de las medidas preferentes como consecuencia de la COVID -19. No era un sistema muy habitual en nuestro país por lo que su regulación legal es más bien escasa. Como consecuencia de la pandemia en la que nos encontramos, este sistema de trabajo ha ido ganando peso en nuestro país y por lo tanto las controversias que pueden surgir sobre todo en materia de cobertura de contingencias profesionales aumenta también cada día.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que los trabajadores que prestan sus servicios a distancia tienen los mismos derechos y obligaciones que aquellos que trabajan de forma presencial. Pero es innegable que, el poder determinar lo que es accidente de trabajo o no, se complica cuando se trabaja fuera del centro de trabajo. Desde Legálitas dan respuesta a algunas cuestiones que surgen al respecto de los accidentes de trabajo estando en modalidad de teletrabajo.

¿Qué es un accidente de trabajo?

El artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social determina que accidente de trabajo es toda lesión que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo. El mismo artículo concreta que se presume accidente de trabajo, salvo prueba en contrario, aquel que ocurra durante el tiempo y en el lugar de trabajo. Puesto que en la modalidad de teletrabajo el lugar de trabajo es el domicilio del trabajador las posibles cuestiones que se plantean en este sentido serán explicadas más adelante.

La prevención de riesgos laborales en la modalidad de teletrabajo

El deber de protección que tienen el empresario según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales también debe extenderse al domicilio del trabajador (u otro lugar que se haya pactado), que es dónde se prestan servicios, y además debe vigilar que esa protección es efectiva, cuestión que puede colisionar con el derecho a la intimidad personal y familiar (artículo 18.1 CE) y con el derecho a la inviolabilidad del domicilio (artículo 18.2 CE) que ostenta el trabajador. En este sentido es cierto que, se complica la acción preventiva del deber de vigilancia que obliga al empleador, ya que la “empresa” no puede acceder al domicilio del trabajador para comprobar que se cumple esa protección. Sin embargo, también hay que tener en cuenta que la empresa no la única que debe cumplir con esa protección, sino que el trabajador debe cumplir con las medidas en materia de prevención de riesgos laborales que se le exigen.  

Aspectos legales determinantes de los accidentes laborales en teletrabajo

Teniendo en cuenta que el trabajador debe cumplir con las medidas preventivas y su inobservancia implicaría un incumplimiento grave y culpable de sus deberes laborales, cuando la actividad laboral se desarrolla fuera del centro de trabajo nacen las dificultades probatorias para acreditar los referidos incumplimientos, que además podrían incluso eximir al empresario de responsabilidades.

En este sentido, podemos afirmar que lo complicado será, por un lado, determinar lo que es o no accidente laboral y por otro si empresario y trabajador cumplen con sus obligaciones en materia de prevención.

Es importante tener en cuenta que dependiendo de que el accidente sea o no considerado como laboral se podrá determinar:

  • Qué sujeto deberá asumir el abono de las prestaciones que se pueden generar como consecuencia del accidente (Mutua o Instituto Nacional de la Seguridad Social).
  • La cuantía de la prestación, ya que la Incapacidad Temporal o Permanente se calculan de forma diversa si se considera accidente de trabajo o accidente no laboral.
  • Si corresponden o no posibles mejoras de Seguridad Social que se establezcan Convencionalmente, como por ejemplo la obligación de complementar el subsidio por Incapacidad Temporal que puede corresponder al trabajador.
  • Las posibles responsabilidades del empresario por el accidente se han producido por inobservar las normas en materia de prevención de riesgos laborales (Recargo de Prestaciones, Responsabilidad en Orden a las Prestaciones o incluso posible resarcimiento de los daños y perjuicios que se hayan causado al trabajador).
  • Las posibles sanciones que pudieran imponerse al trabajador si incumple con las medidas preventivas que se le imponen.

Dificultades para demostrar accidentes laborales en teletrabajo

Estando, trabajando en nuestro domicilio como lugar de trabajo, el principal problema a la hora determinar un accidente son las dificultades para diferenciarlo entre un accidente doméstico o un accidente de trabajo.

A continuación, exponemos dos accidentes que acontecen durante la jornada laboral y además en el lugar de trabajo, pero la presunción de accidente de trabajo podría quedar desvirtuada si la actividad que provoca el accidente no tiene conexión con el trabajo.

La primera de las situaciones es la sufrir un corte con un utensilio de cocina mientras el trabajador prepara la comida en tiempo de trabajo. Esto podría considerarse como accidente no laboral, ya que, la actividad no tiene ninguna conexión con el trabajo y además se están realizando tareas ajenas durante la actividad laboral, lo que podría implicar incluso una sanción disciplinaria para el trabajador.

Por otro lado, se puede dar la situación en que el trabajador sufre una lesión provocada por un cortocircuito en las herramientas de trabajo. En este caso estaría claro que se trata de un accidente de trabajo, y si además ese accidente es provocado como consecuencia de que dichas herramientas que el empresario ha facilitado no están en condiciones óptimas, se podrían derivar responsabilidades a la empresa.




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