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Antes de comenzar a leer, haz este pequeño experimento: trata de tomar distancia de ti mismo e intenta  verte a ti, ahora mismo, donde estás, como si te vieras con el ojo de la mente desde el techo. ¿Puedes imaginarte como si fueras otra persona que mira desde arriba, viéndote sentado o como estés?

Ahora trata de analizar como te sientes. ¿Podrías definir tu estado de ánimo en este preciso instante?

¿Tu mente esta lucida y rápida o, la percibes cansada?

Este sencillo ejercicio pone de manifiesto tu capacidad de autoconciencia, una cualidad especifica de los seres humanos que no tienen los demás animales. Tu no eres tus emociones, ni tampoco tus pensamientos. Puedes rechazarlos, provocarlos, incluso observarlos sin identificarte con ellos.

La inteligencia emocional nos permite decidir y controlar nuestras emociones para adaptarlas libremente a las circunstancias de cada momento, en lugar de dejarnos arrastrar por ellas.

En nuestro trabajo como abogados, la inteligencia emocional es mucho más que un mero aliño profesional, es requisito esencial del abogado. Es como el orden: no es algo aconsejable, es algo imprescindible.

Veamos porqué:

Premisas:

  1. Los abogados tratamos personas con problemas jurídicos.
  2. Los problemas jurídicos alteran el estado emocional de las personas.

Primera conclusión: los abogados tratamos con personas que suelen tener el estado emocional alterado.

Premisas:

  1. La alteración emocional se contagia. Está demostrado científicamente que
    interactuar con personas emocionalmente alteradas, afecta al profesional.
  2. La actividad de los abogados, en concreto la parte judicial, es una actividad de “suma cero”, es decir, la ganancia de una parte del proceso, está proporcionada a la perdida de la otra parte, lo que provoca, en muchas ocasiones que la actividad se reduzca a ganar o perder, generando grandes fluctuaciones de tensión emocional.
  3. Los abogados, además del contagio de las emociones y de la tensión de ganar o perder, sufrimos la carga emocional de nuestra vida privada, igual que el resto de los humanos.

Segunda conclusión: El trabajo de los abogados es una actividad que genera alteración emocional.

Premisas:

  1. La abogacía es una profesión libre e independiente. (art. 1 del Estatuto General de la Abogacía Española) lo que implica actuar de forma objetiva y sin ataduras emocionales propias o contagiadas por el cliente.
  2. En la formación del abogado, no se incluye ningún tipo de conocimiento y práctica de psicología o del uso de la inteligencia emocional. Lo tiene que aprender el abogado a través del propio ejercicio de la actividad, sin rumbo, ni preparación alguna.
  3. Esta falta de preparación, lleva a muchos profesionales a abandonar el ejercicio de la profesión, por no saber tratar la parte emocional del problema del cliente.
  4. Esta falta de preparación lleva a muchos profesionales a sufrir las consecuencias del impacto emocional, en sus vidas privadas y en su salud.
  5. A todo lo anterior se añade la vinculación emocional del abogado al problema ajeno desde una doble perspectiva:
    • A) El problema, por su propia naturaleza, con frecuencia afecta al profesional que asume la defensa, generando en ocasiones, una importante vinculación emocional con el asunto, con perdida de objetividad profesional.
    • B) Percibir los honorarios con cuota litis pura, es decir, el abogado  solo cobra sus honorarios si gana el pleito; lo cual, aun estando aceptado por el TS, supone que el abogado ata el cobro de su trabajo al resultado del pleito, convirtiéndose por ello  en parte interesada del proceso, quebrando así su objetividad, su libertad e  independencia profesional.
  6. Los colegios profesionales deben promover la formación integral de sus colegiados.
  7. Los colegios profesionales deben cuidar de los riesgos para la salud que se derivan de la actividad profesional que ejercen sus colegiados, velando por la seguridad y salud laboral en el ejercicio de la profesión que supervisan.
  8. La preocupación por la salud laboral, se pone de manifiesto cada día más. Según el estudio realizado por la Fundación del Instituto de investigación aplicada a la abogacía, sobre las características de las principales enfermedades y lesiones del abogado, en primer lugar están las lesiones por traumatología, seguidas de la salud mental, por estrés y depresión y por ultimo los accidentes cardiovasculares. Pero si analizamos que la causa de la mayoría de los accidentes de traumatología se producen por el atolondramiento del profesional que vive estresado  y el origen de muchos accidentes cardiovasculares, igualmente tienen su origen en el estrés laboral, la conclusión evidente es que la salud laboral del abogado se ve afectada gravemente por no controlar su parte emocional.

Tercera conclusión: la formación en el uso y desarrollo de la inteligencia emocional, deben formar parte de la actividad profesional del abogado.

Los colegios profesionales deberían fomentar la formación en esta materia, tanto para su uso en el trabajo profesional, como prevención del riesgo  para la salud laboral de sus colegiados. 

Resumen: La inteligencia emocional se requiere para ejercer la profesión:

1º Para entender.

2º Para ejercer.

3º Por tu salud.




Comentarios

  1. Luz otero

    Muy interesante el artículo, realmente importante para un buen abogado controlar sus emociones para el ejercicio del derecho.

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