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El abogado Antonio Jiménez Bustamante será padre por primera vez el próximo 17 de enero.  Es lo que tiene previsto el ginecólogo si el parto no se adelanta. Tanto él como su pareja, María Benito, también abogada en el mismo juicio, han pedido la suspensión de la sesión fijada para dos días después. La titular del Juzgado de lo Penal nº 2 de Cáceres les ha negado la suspensión. Decisión que el letrado califica “como un ataque a toda la abogacía”, ya que en la providencia, la magistrada indica que se trata de una “baja de previsible larga duración que dilatará la causa”, a pesar de que el asunto no es especialmente urgente y su instrucción no haya superado los seis meses.

Diariamente se suspenden juicios por motivos de agenda, porque no se ha citado a alguna de las partes, testigos, peritos… porque no es posible realizar la videoconferencia, sin embargo, en casos de maternidad o paternidad, no se considera causa de suspensión. A su parecer, “el problema de los abogados padres lo tenemos más difícil para que se nos suspenda una vista porque no está regulado, tan solo depende del arbitrio de la jueza cómo un padre deba vivir una primera paternidad”.

Por otro lado, Antonio considera “inaceptable” que la jueza alegue para la no suspensión, no el hecho de que no haya una ley que se lo imponga, sino porque “achaca a los letrados un mal funcionamiento de la Justicia, siendo una baja de previsible larga duración, cuando la realidad es que aunque la ley diga que los padres tenemos derecho a cuatro meses de baja, siendo autónomos, el 95 % de los abogados al mes ya vamos a estar trabajando”. Además, impone a los clientes el designar a otro abogado, de lo contrario, ella impondrá uno de oficio. “Los clientes no quieren cambiar de abogado, nos han manifestado nuestro apoyo,  y los menores no entienden por qué tienen que cambiar”, confiesa. Además insiste en que el conocimiento del caso concreto y el trato personal con el cliente no puede ser sustituido en todos los supuestos.  Por tanto, puntualiza que “esta decisión vulnera claramente los derechos del abogado y cliente”.

La L.O. 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, modificó la Ley de Enjuiciamiento Civil, y estableció como causa de suspensión de las vistas, la baja por maternidad o paternidad de la abogada o abogado de la parte que pida la suspensión. Lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007 debe aplicarse al resto de órdenes jurisdiccionales. Por tanto, el  abogado confiesa que realmente lo que hay que cambiar es la Ley original, la Ley de Enjuiciamiento Criminal para cambiar la situación. Aplicando la Ley de Enjuiciamiento Civil, por analogía, los jueces tienen capacidad perfecta para aplicar la suspensión, porque aparte de impartir justicia, deben promover los derechos de las personas, si hay una laguna legal que no protege a los letrados, y aplicar dichas leyes para facilitar su conciliación”. Por ello incide en que “es necesario visibilizar situaciones como esta para que dejen de suceder y se legisle sobre ello”.

El abogado declara que los letrados no denuncian ante los Colegios este tipo de situaciones por miedo a represalias de la Administración de Justicia. “En las pequeñas poblaciones, como Cáceres, hay solamente 2 Juzgados de lo Penal y en un 50% de las situaciones coincidimos con el mismo juez”. “Lo más triste de la situación-insiste- es que perjudica ya no solo al letrado, el principal derecho que se vulnera es el de una tutela judicial efectiva, porque no puedo defender a mi representado ni estar en el juzgado al 100 % en las mismas condiciones a mi oponente si mi esposa y mi hijo están en el hospital”.

Antonio y su pareja han recurrido la providencia emitida por la magistrada y solicitado amparo al Colegio de Abogados de Cáceres para que no designe letrado de oficio para la celebración de la vista. Pero confirma que la jueza no tiene plazo para contestar. “Si contestan, denegándolo de nuevo, tendríamos plazo para interponer un recurso de apelación, pero no va a llegar a tiempo porque el juicio es dentro de poco más de diez días”, puntualiza. En cuanto a las siguientes acciones que piensa llevar a cabo para luchar en favor de la conciliación, están el no asistir al juicio, solicitar la siguiente nulidad de actuaciones en su momento, recurrir ante la Audiencia Provincial y aportar el certificado médico correspondiente”.

Manifiesta que “es fundamental tener derecho a un descanso y a la conciliación y más aún en una suspensión de una vista. Si mi  esposa da a luz el 17 de enero y el 16 de enero he recibido un plazo de tres días para presentar un recurso, ese plazo no se me va a suspender y tendré que trabajar desde el propio hospital y sin embargo, a mí, como abogado, se me exige que conteste”.

Así, insistirá junto a su compañera en “seguir reivindicando la falta de conciliación y empatía en la abogacía porque solo visibilizando situaciones como esta se podrá tomar en serio nuestra profesión”.




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