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El compliance penal y la protección de datos se dieron cita el jueves en el ICAM durante la presentación del libro “Compliance Penal y responsabilidad civil y societaria de administradores”. La obra, escrita por el magistrado Manuel Ruiz de Lara, titular del Juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona, y el fiscal Óscar Serrano Zaragoza, de la Fiscalía de Delitos Económicos de Barcelona, dio paso a una mesa de debate de la que formaban parte Beatriz Martínez Falero, directora de la Asesoría Jurídica y secretaria del Consejo de Mahou; Natalia Jiménez Jiménez, letrada-delegada protección de datos y dirección en la Secretaría General Técnica del Canal de Isabel II; y Miriam del Río, socia en Legal Compliance Consulting.

El evento, organizado por la presidenta de la Sección de Compliance del Colegio, Beatriz Saura, contó con la presencia del diputado de la Junta de Gobierno responsable de Comunicación, Juan Gonzalo Ospina, quien moderó el acto y felicitó a la Sección por llevar a cabo este tipo de iniciativas “promoviendo discusiones sobre asuntos jurídicas de actualidad y una formación continua en la casa de los abogados”.

Una primera fase de la jornada discurrió en torno al Compliance Penal y la responsabilidad civil y societaria de administradores, partiendo del escenario que establece el art. 31 del Código Penal. Esta norma, apuntó Serrano, “persigue un resultado jurídico de minoración de los riesgos” y tiene como fin último “reequilibrar el mercado”, pues impone un modelo de autorregulación mercantil que castiga la posible ventaja competitiva del incumplimiento y se extiende hasta desincentivar la realización de contratos con socios opacos o que no apliquen la normativa.

En definitiva, como señaló Ruiz de Lara, “la ausencia de un adecuado sistema de Compliance penal coloca a la empresa en una situación de riesgo y la hace susceptible de incurrir en responsabilidad penal de la persona jurídica”. Por ello, se ha elaborado este libro “con el propósito de aportar seguridad jurídica antes de que lleguen las sanciones”, declaró.

En la segunda parte de la jornada, la protección de datos centró el debate. Martínez aportó la perspectiva del sector empresarial, poniendo el nivel de exigencia “más allá del Compliance penal”. En este sentido, según explicó, es imprescindible contar con “un código de ética empresarial que involucre a toda la compañía”, y defendió que “lejos de molestar, luchar por una empresa cumplidora contribuye a generar orgullo de pertenencia y crea equipo”.

La visión desde el ámbito público vino de la mano de Jiménez, que se manifestó contenta con el nuevo RGDP. “El dato es el petróleo del siglo XXI”, subrayó, y recordó que su protección es un “derecho fundamental de todos, todos tenemos datos y derecho a controlarlos”. Por eso, como “el DPO no puede estar en todas partes”, Jiménez recalcó la importancia de la formación, ya que “si documentamos y educamos, delimitamos los riesgos”.

En esta línea, como indicó Del Río, es fundamental la concienciación y el compromiso de los abogados “adaptándose a este cambio de paradigma”, pues en ellos recae la labor de asesorar a sus clientes a fin de generar una cultura de cumplimiento: “La protección de datos no es sólo consentimiento. Hay que tener una base legitimadora”, explicó. Sin embargo, de cara a los despachos profesionales y al tratamiento de los datos de sus clientes, para garantizar el derecho a una tutela judicial efectiva, tal y como ha establecido la Agencia de Protección de datos, “basta el consentimiento de la hoja de encargo”, recordó.




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