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Madrid, 6 mar (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a seis años y tres meses de prisión a un abogado que se apropió de los 225.000 euros de la indemnización por despido improcedente de un cliente en Barcelona.

El caso se remonta a 2012. Aquel año, la víctima contrató a un abogado laboralista para interponer una demanda por despido improcedente y extinción de contrato contra su empresa.

Los tribunales – primero el Juzgado de lo Social, después el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y finalmente el Supremo —ratificaron la improcedencia del despido y condenaron a la empresa a abonarle una indemnización de 202.213 euros.

Tras ganar firmeza la sentencia, el Juzgado mandó ejecutar la resolución de manera que ordenó a la empresa pagar la indemnización al trabajador, que fue entregada al abogado, y en diciembre del mismo año liquidó 25.703 euros de intereses, que el Juzgado nuevamente ordenó devolver al trabajador, con entrega al letrado.

Pero el abogado "se quedó con las cantidades obtenidas mediante los repetidos mandamientos, que cobró directamente o a través de otra u otras personas a las cuales encargó la gestión de cobro”.

Además, "a fin de retrasar cuanto pudiera la llegada al conocimiento de su cliente del cobro", el abogado le "explicó una serie de avatares procesales que presentó como impeditivos del pago, reforzando sus explicaciones mediante la entrega de fotocopias que decía eran de documentos procedentes del Juzgado de lo Social, cuando no lo eran".

Y, además, con fotocopias, confeccionadas por él u otra persona por encargo suyo, que hacían referencia a la supuesta presentación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional con suspensión del pago de cantidades hasta la resolución del mismo.

Para el Supremo, "la acreditación de que el acusado se apropió de los fondos pagados a su cliente, evidencia que los documentos (irreales) sólo servían para encubrir su acción, siendo plenamente razonable la inferencia de que hubo de ser él quien encomendó o abordó la realización de las fotocopias para justificar a su cliente por qué no debía entregarle los fondos".

Por ello, rechaza el recurso del abogado condenado, si bien le rebaja la pena de multa de 17.625 a 14.625 euros a lo que se suma la devolución de 227.900 euros al cliente.




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