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Desde la entidad colegial se afirma, que “puede peligrar la estabilidad personal de los ciudadanos a los que protegemos”

Estas leyes recurridas ante el Tribunal Constitucional son:

  • - la Ley 5/2011 de 1 de abril, de Relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven
  • - la Ley 10/2007 de 20 de marzo, de Régimen económico matrimonial valenciano
  • - Ley 5/2012 de 15 de octubre, de Uniones de Hecho

El Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, en un comunicado de fecha 29 de enero suscrito por la Junta de Gobierno, se suma al apoyo para la retirada de los recursos de inconstitucionalidad planteados en su día contra las 3 leyes dictadas por la Generalitat y que regulan los aspectos más fundamentales de las relaciones de Familia: la Ley de régimen económico matrimonial valenciano, de relaciones familiares de hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, y de uniones de hecho. La defensa de los ciudadanos de esta comunidad, garantizada por las referidas normas, obliga a que el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia apoye, firmemente, la retirada de los tres recursos de inconstitucionalidad pendientes de resolución, formulados contra las tres leyes dictadas en su día por la Generalitat.

El ICAV reconoce “que no es competencia suya la opinión o aplicación, en uno u otro sentido, de estos textos legales, función propia de los Juzgados y Tribunales de esta Comunidad Autónoma, pero sí el respeto y la defensa a los derechos de los particulares, que sin intromisión o injerencia en la norma civil aquellos textos protegen”.

Como referente del Derecho de defensa de los ciudadanos, es deber del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia apoyar estos textos que promueven el respeto y la defensa de los derechos de los particulares. En dicho comunicado el ICAV defiende que estos recursos de inconstitucionalidad “pueden hacer peligrar la estabilidad personal de los ciudadanos a los que protegemos”.

Cabe recordar que estas leyes han servido de referencia para la redacción de otros textos normativos en distintas comunidades autónomas siendo referente para la posible reforma del  Código Civil.

La realidad contrastada para el ICAV en cuanto a la falta de riesgo legal en la aplicación de las mismas no es más que la aplicación, desde hace casi cinco años, de la Ley 5/2011 de 1 de abril, de “custodia compartida”, rehabilitada por el propio Tribunal Constitucional mediante auto de veintidós de noviembre de dos mil once, resolución que ha permitido que la ley valenciana continúe en vigor lejos de “automatismos” en cuanto a uno u otro sistema de custodia, siempre protegiendo el interés del menor según el caso.

Aquella aplicación normativa ha resuelto, incluso, la aparición de una doctrina propia del Tribunal Superior de Justicia de nuestra Comunidad Autónoma en cuanto a los requisitos para la aplicación de algunos de sus preceptos.

La petición de la retirada de estos recursos tiene como único objetivo la defensa de los ciudadanos. En este sentido, se afirma en el comunicado, “que el citado apoyo se resuelve sin “color”, ni “opinión”, a favor o en contra del fondo o forma de aquellos textos”.

La defensa de los ciudadanos de esta comunidad, garantizada por las referidas normas, obliga a que el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia apoye, firmemente, la retirada de los tres recursos de inconstitucionalidad pendientes de resolución, formulados contra las tres leyes dictadas en su día por la Generalitat.

“El compromiso de defensa con el justiciable y la posición histórica, que este Ilustre Colegio no olvida, en la protección de nuestros derechos, obliga a tal posición y apoyo a la retirada de aquellos recursos”.




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