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  • Hasta el 26 de junio con domiciliación bancaria del ingreso, o hasta el 30 de junio si la declaración es a devolver o sin domiciliación bancaria del ingreso

El carné colegial con firma electrónica ACA (Autoridad de Certificación de la Abogacía) habilita a los abogados para la realización de trámites telemáticos con las Administraciones Públicas, siempre con plena validez jurídica y de modo análogo a la firma manuscrita en el entorno tradicional.

Los abogados podrán presentar sus declaraciones de la Renta 2016 y de Patrimonio 2016 y las de sus clientes hasta el  viernes 30 de junio, fin de la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Sin embargo, hasta el lunes 26 de junio es la fecha límite para la domiciliación bancaria de la Renta 2016 a ingresar.

Las declaraciones y borradores a ingresar, sin domiciliación bancaria del ingreso, tienen de plazo para su presentación hasta el último jueves de junio, día 30. Este plazo también se aplica a la presentación de Declaraciones de la Renta 2016 que resultan a devolver.

La principal novedad de este año: es el primero que no se podrá utilizar el programa Padre para realizar la declaración en ningún caso. El programa Padre ya se eliminó el año pasado para la mayor parte de los contribuyentes y únicamente quedó disponible para contribuyentes de actividades económicas, prácticamente solo para autónomos. Desde este año, tampoco los autónomos podrán usar el programa Padre, que ya no esta disponible, y ha sido sustituido por el sistema Renta Web, se extiende para todos los contribuyentes, independientemente del origen de sus rentas.

Gracias a la herramienta tecnológica de RedAbogacía, se incrementa año tras año el número de abogados y abogadas que presentan las declaraciones del IRPF y la de sus clientes por internet, de forma segura y autenticada utilizando la firma electrónica ACA, sin necesidad de desplazarse a la Agencia Tributaria.

Garantía profesional

En las últimas campañas de la Renta, los abogados españoles presentaron más de 30.000 declaraciones del IRPF con firma electrónica ACA, convirtiéndose en el primer prestador de servicios de certificación privado, sólo superado por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).

El uso de la firma electrónica de abogado para la relación la Administración Pública está cada vez más extendido, debido en parte a la publicación de la Ley de Administración Electrónica (11/2007), que entró en vigor a finales de 2009 y da derecho a los ciudadanos a la realización de trámites electrónicos con la Administración Pública; así como la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

Por otro lado, la Agencia Tributaria (AEAT) comenzó a imponer la tramitación telemática y desde el 01 de enero de 2014 estableció que todas las autoliquidaciones y declaraciones anuales del Impuesto del Valor Añadido (IVA) se tengan que formalizar a través de Internet (Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre).

Otros trámites con ACA

  • Pago de impuestos como el IVA
  • Informe de la vida laboral
  • Consulta del Catastro
  • Para comunicaciones seguras: Buro SMS, correo electrónico firmado
  • Para firma de documentos.
  • Para acceder a todos los servicios de RedAbogacía
  • Para comunicaciones con juzgados: LexNET

Más información sobre las Administraciones Públicas con las que se puede hacer trámites telemáticos con ACA en http://www.abogacia.es/servicios-abogacia/

Para presentar declaraciones de clientes

Los abogados también pueden utilizar el carné colegial con firma electrónica ACA para presentar las declaraciones de sus clientes. Consulta en su Colegio de Abogados si tiene firmado el Convenio de Colaboración Social con la Agencia Tributaria para realizar este trámite.

Como realizar mi declaración de la Renta con ACA:

  • Hay que tener la firma electrónica activa y haber instalado el software de la tarjeta ACA y del lector.
  • Introducir el carné colegial en el lector de tarjetas
  • Entras en www.agenciatributaria.es y seguir los pasos indicados
  • Para consultas técnicas que surjan, contactar con 91 150 10 03 (Teléfono de Soporte Técnico)

Si no tiene todavía el carné ACA o se ha caducado, puede solicitarlo en su Colegio de Abogados




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