El objeto del acuerdo es permitir que los exámenes de acceso a ambas profesiones puedan realizarse indistintamente en castellano y en aquella lengua española que sea cooficial en la comunidad autónoma de acuerdo con su Estatuto, en función de la libre decisión del aspirante.
Para ello, los correspondientes departamentos de Justicia de las comunidades autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia y de la Comunitat Valenciana se comprometen a:
– Garantizar que los servicios de traducción dependientes de dichas administraciones se desplacen a la sede del Ministerio de Justicia para realizar la traducción de la prueba en la correspondiente lengua cooficial, guardando la debida confidencialidad del contenido de dicha prueba.
– Asumir el coste económico relacionado con la traducción a la correspondiente lengua cooficial, incluido el que se derive del desplazamiento del personal a la sede del Ministerio por el tiempo que sea necesario para proceder a la realización de la traducción del ejercicio en la correspondiente lengua cooficial.
Por su parte, el Ministerio de Justicia se compromete a proporcionar el material informático y las instalaciones necesarias para la realización de la traducción en su sede, así como la incorporación de las plantillas una vez traducidas, para que estén a disposición de los aspirantes de la comunidad autónoma correspondiente el día de la realización de la prueba de acceso.
El convenio prevé la creación de una Comisión de Seguimiento integrada por cuatro miembros del Ministerio y un representante por cada comunidad autónoma para vigilar su cumplimiento, que se reunirá como mínimo una vez al año o cuando lo soliciten al menos tres de las administraciones representadas.
Este acuerdo no conlleva obligaciones financieras para las partes, que asumirán el cumplimiento de las obligaciones que de él se deriven con sus propios medios personales y materiales.
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