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  • La Sala, sin embargo, excluye el ensañamiento que había sido apreciado por el Jurado y el tribunal de apelación reiterando el criterio legal conforme al cual esa agravante exige que se demuestre tanto padecimientos o sufrimientos especialmente singulares en la víctima

La Sala II del Tribunal Supremo ha impuesto una condena de 24 años de prisión a un hombre que mató a su pareja en Monzón (Huesca) en noviembre de 2018 como autor de un asesinato machista. La elevada pena responde a la apreciación conjunta de las agravantes de alevosía, parentesco y género. La compatibilidad de estas dos últimas ya es doctrina consolidada de la Sala.

Sin embargo, excluye el ensañamiento que había sido apreciado por el Jurado y el tribunal de apelación reiterando el criterio legal conforme al cual esa agravante exige que se demuestre tanto padecimientos o sufrimientos especialmente singulares en la víctima, como un ánimo especial en el autor de crueldad, de buscar un plus de sufrimiento del que es connatural a una agresión homicida.

En este caso, los forenses que practicaron la autopsia determinaron que no había datos para ligar a la reiteración del apuñalamiento (más de noventa puñaladas) ese sufrimiento especial por la probable pérdida de consciencia de la víctima. Por otra parte, pese a existir informes que avalaban un estado en el acusado de disminución de su imputabilidad, se rechaza esa eventual causa de atenuación por no ser unánimes los informes psiquiátricos.




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