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Al llegar los periodos vacacionales, es frecuente que los padres se pregunten qué necesitan para viajar con sus hijos al extranjero y, sobre todo, si necesitan la autorización de su ex pareja.

Si te haces preguntas como, ¿puedo salir con mis hijos al extranjero aunque mi expareja no lo consienta? o ¿qué puedo hacer si no quiere?, quédate a leer el siguiente artículo en el que resuelvo tus dudas y te explico si necesitas algún tipo de autorización para viajar al extranjero, las posibilidades de resolución que caben por parte del Juez y cuáles pueden ser las consecuencias de su incumplimiento.

QUIERO SALIR AL EXTRANJERO CON MIS HIJOS, ¿QUÉ TENGO QUE HACER?

Lo primero que has de saber para viajar al extranjero con tu hijo menor de edad es que el permiso del otro progenitor es fundamental.

Esta exigencia deriva de las facultades de la patria potestad, que normalmente es ejercida de forma compartida por ambos progenitores, y no depende de la custodia, de con quien conviva.

El motivo por el que se implanta este requisito es evitar la posible sustracción de menores. Como es obvio, ambos padres deben ser conocedores del destino al que viajarán sus hijos, más aún cuando hablamos de viajes fuera del territorio nacional. Asimismo, deben acreditar su conformidad con la salida al extranjero efectos de justificarle a la autoridad que el progenitor no se lleva al niño en contra de su voluntad.

Por tanto, se necesitará una autorización de viaje que permitirá que el menor de 18 años pueda salir del territorio español con el permiso de ambos progenitores. Dependiendo de la situación familiar ante la que nos encontremos necesitaremos un tipo de permiso u otro.

¿QUÉ TIPO DE AUTORIZACIÓN NECESITAS EN TU CASO?

 Según si las relaciones paternofiliales se encuentran reguladas o no, deberemos actuar de una forma u otra:

  1. No estando reguladas las medidas paterno filiales, se puede obtener en cualquier comisaría de Policía o puesto de Guarda Civil un modelo oficial de autorización que después de rellenarlo, deberá ser sellado por dicho organismo. En dicho permiso, se solicitan los datos personales de ambos progenitores y del menor, así como documentos oficiales como el Libro de Familia, DNI, Pasaporte…

Te adjunto el modelo que podéis cumplimentar https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/sede_electronica/ciudadanos/declaracion_permiso_viaje_menores.pdf

En caso de que el progenitor se niegue a firmar tal autorización, deberemos acudir a la vía judicial para que el juez resuelva si procede o no la salida del menor del territorio nacional. Es muy importante tener en cuenta que los trámites judiciales conllevan un tiempo y que si accedes al auxilio judicial con el tiempo justo, puede ser que no se dicte la resolución antes del viaje.

  1. Si tenemos una sentencia que regule las medidas, tendremos que revisar si existe permiso de organizar viajes al extranjero con tu hijo menor de edad.
  2. En caso de haberse recogido que los progenitores se prestan consentimiento para los viajes al extranjero, podrás viajar llevando contigo la sentencia a efectos de acreditarlo ante la autoridad fronteriza si fuera necesario.
  3. En caso de haberse recogido la imposibilidad de viajar salvo la autorización del otro progenitor, deberás obtenerla. En caso de que se oponga de manera injustificada, lo recomendable es que acudas a un abogado especialista en Derecho de Familia para iniciar un procedimiento judicial recabando el auxilio del Juez para que resuelva admitiendo la salida al extranjero y suplante el consentimiento que no obtuviste por parte del progenitor.

 ¿QUÉ PUEDE RESOLVER EL JUEZ?

 Por un lado, el Juez atendiendo a las circunstancias familiares, podrá acordar la salida del menor del territorio nacional.

Por el contrario, el artículo 158.3 del Código Civil, le faculta para prohibir la salida así como prohibir la expedición del pasaporte a nombre del menor o incluso retirarlo si ya fue expedido, si considera que existe riesgo de sustracción del menor.

 ¿QUÉ CONSECUENCIAS TENDRÍA SI SALGO AL EXTRANJERO CON MI HIJO SIN EL PERMISO DEL OTRO PROGENITOR?

 Además de caber la posibilidad de que la autoridad fronteriza deniegue el paso y, por tanto, perder el viaje, existen una serie de consecuencias más graves.

Para el caso de no existir una resolución judicial sobre guarda y custodia del menor, la consecuencia será menos gravosa ya que la solución será iniciar un procedimiento civil en el que le solicitaremos al juez que acuerde la salida.

Si existiera una resolución judicial y se incumpliera, se podría incurrir en un delito de sustracción de menores previsto en el artículo 225.bis del Código Penal para la que se establece pena de prisión y privación del ejercicio de la potestad de forma temporal.

La conclusión a la que podemos llegar después de la lectura de este artículo es que la autorización del otro progenitor es imprescindible. Contar siempre con este consentimiento reducirá las posibilidades de poner en riesgo el viaje y eliminará la posibilidad de sufrir consecuencias civiles y penales. 




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