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El 12 de septiembre de 2018, con ocasión de su discurso sobre el estado de la Unión, el presidente Jean-Claude Juncker declaró: “Los europeos esperan, con razón, que la Unión garantice su seguridad. Es por ello que la Comisión propone hoy ampliar las competencias de la recientemente creada Fiscalía Europea, de manera que incluyan la lucha contra los delitos de terrorismo. Necesitamos estar capacitados para perseguir a los terroristas de una forma más coordinada en toda nuestra Unión. Los terroristas no saben de fronteras. No debemos convertirnos en cómplices involuntarios por culpa de nuestra incapacidad de cooperar».

Juncker durante el Discurso sobre el Estado de la UE

Retomando la idea presentada por primera vez por el presidente Juncker en su discurso sobre el estado de la Unión del año pasado, la Comisión Europea propone hoy reforzar la Fiscalía Europea otorgándole competencias para la lucha contra el terrorismo transfronterizo.

Una respuesta europea para luchar mejor contra las amenazas terroristas transfronterizas

La Fiscalía Europea con competencias reforzadas mejorará la lucha contra el terrorismo colmando las lagunas existentes:

  • Investigaciones coordinadas:En la actualidad, los Estados miembros de la UE son competentes para investigar y perseguir los delitos de terrorismo, pero sus competencias terminan en sus fronteras nacionales. La Fiscalía Europea estaría a cargo de las investigaciones y dirigiría las diferentes autoridades de los Estados miembros y las agencias de la UE que se ocupan de los casos de terrorismo que afecten a más de un Estado miembro;
  • Intercambio de información oportuno:Aunque se han realizado progresos significativos con casos de cooperación transfronteriza culminados con éxito, el intercambio de información sobre asuntos penales entre los Estados miembros relativa a la investigación y la persecución de los delitos de terrorismo sigue siendo a veces, en la actualidad, demasiado lento. Esto puede permitir a algunos terroristas eludir el procesamiento. Con su estructura integrada, la Fiscalía Europea estaría en condiciones de conseguir una visión de conjunto única de las actividades de los terroristas en todos los Estados miembros participantes. Tendría un mayor acceso a la información de los Estados miembros a través de los fiscales europeos integrantes del colegio de la Fiscalía Europea o de los fiscales europeos delegados. Gozaría de una posición idónea para reunir y compartir información en toda la Unión, en particular con las agencias de la UE Europol y Eurojust, y también con terceros países;
  • Coherencia de las investigaciones en los diferentes Estados miembros:En la actualidad, existe el riesgo de que los casos de terrorismo que afectan a más de un Estado miembro se investiguen de forma descoordinada, poniendo en peligro la eficacia de la acción penal. La Fiscalía Europea dirigiría las investigaciones de forma centralizada con independencia del lugar de comisión del delito y, posteriormente, velaría por una mejor vinculación entre la investigación y el enjuiciamiento. Además, el Fiscal Europeo con competencias reforzadas, en cuanto que actor a nivel de la Unión, evitaría las ineficiencias que conlleva el enjuiciamiento paralelo de asuntos conexos, que a menudo hace peligrar el éxito en la lucha contra los delitos de terrorismo.

 

La Fiscalía Europea será un organismo independiente de la Unión Europea con competencias para investigar, perseguir y hacer que se juzguen los delitos contra el presupuesto de la UE, como el fraude, la corrupción o el fraude transfronterizo grave en materia de IVA. La Fiscalía Europea pasará a ser plenamente operativa a finales de 2020. La presente iniciativa no tendrá repercusiones sobre la creación de la Fiscalía Europea en su forma actual.

A día de hoy, participan en la Fiscalía Europea 22 Estados miembros de la UE: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Portugal, República Checa y Rumanía.

El artículo 86, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prevé la posibilidad de ampliar las competencias de la Fiscalía Europea modificando el artículo 86 del TFUE para ampliar sus competencias de manera que incluyan los delitos graves que afecten a más de un Estado miembro. Esta decisión se adopta por unanimidad, tanto de todos los Estados miembros que participan en la Fiscalía Europea como de los demás, previa aprobación del Parlamento Europeo y previa consulta a la Comisión Europea. La Comunicación de hoy va acompañada de un anexo que contiene una iniciativa para la posible adopción de una decisión del Consejo Europeo por la que se modifique el artículo 86 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.




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