Los pasados 14 y 15 de abril se han celebrado las V Jornadas de Asistencia Jurídica Gratuita en Segovia. Las IV Jornadas tuvieron lugar en Pamplona hace seis años.
Seguramente se pregunten por qué ha transcurrido tanto tiempo entre una y otra edición. La respuesta se encuentra en los proyectos de reforma integral de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita consecuencia de la compulsiva actividad legislativa de los últimos años y a los que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita del Consejo General de la Abogacía Española, y algunos colegios de abogados, han dedicado mucho tiempo y esfuerzo proponiendo mejoras a través de enmiendas a su articulado y realizando además valiosas aportaciones críticas al mismo. Finalmente los proyectos de reforma integral de la Ley 1/1996 se han abandonado y se ha optado, por el legislador, por dos reformas parciales que se han concretado: en la operada por Real-Decreto 13/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de Tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de Asistencia Jurídica Gratuita y la que se ha realizado a través de la ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Con estas dos reformas parciales de la Ley y no existiendo ningún proyecto de reforma integral, pendiente de tramitación, al que responder había llegado el momento de diseñar los contenidos de la V edición de las Jornadas de Asistencia Jurídica Gratuita y de fijar una fecha para su celebración.
Las Jornadas nos han brindado la posibilidad de reflexionar y constatar en qué lugar nos encontramos, si se han producido avances significativos respecto de la última edición y hacia dónde debemos dirigirnos y como.
La Ley 1/1996, de 10 de enero, de Justicia Gratuita ha cumplido veinte años y las reformas parciales introducidas no han solucionado los problemas que se venían arrastrando. La Administración continúa sin reparar en que la Justicia Gratuita es un servicio público que afecta a Derechos Fundamentales y que cuando de Derechos Fundamentales se trata se deben primar, en todo caso, criterios garantistas frente a criterios economicistas.
Se evidencia, una vez más, la desatención de la Justicia en general y de la gratuita en particular por parte de las Administraciones, que no se justifica en la crisis sino en la falta de prioridad a la hora de invertir en este servicio público.
Que la Justicia Gratuita es un servicio público, es incuestionable. La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional así lo pone de manifiesto cuando atribuye la responsabilidad del correcto funcionamiento del servicio al Estado, con la finalidad de garantizar el derecho constitucional de defensa y en definitiva al acceso a la tutela judicial efectiva de quienes carecen de recursos.
Todos estos años venimos constatando, mediante los sistemáticos recortes presupuestarios en unas ocasiones y, en otras, mediante los reducciones de los baremos llevadas a cabo en las distintas comunidades que tienen transferidas las competencias en justicia, que no se han producido mejoras en la dignificación de las condiciones en las que se proporciona el servicio. Es perentoria la actualización del baremo del Ministerio.
Los costes que suponen la implantación de los Servicios de Orientación Jurídica, continúan siendo soportados por los Colegios de Abogados, como ocurre en Madrid, cuando su financiación debería correr a cargo de la Administración.
Deben adoptarse criterios de financiación que aseguren una remuneración digna, completa y puntual, garantizando el cobro de todas las actuaciones realizadas por los profesionales en aquellos asuntos encomendados por Turno de Oficio.
En las Jornadas se ha constatado, de nuevo, la confusión existente entre Justicia Gratuita y Turno de Oficio, y la necesidad de su diferenciación mediante la regulación específica de este último.
Por su parte, los colegios de abogados, que tienen atribuida la organización y gestión de la justicia gratuita, deben velar por su correcto funcionamiento adoptando las medidas adecuadas para asegurar el cumplimiento del derecho. Los colegios deben intensificar la formación continuada y la especialización garantizando la excelencia del servicio.
Estas y otras cuestiones se han analizado en las Jornadas y de todas ellas se han extraído conclusiones.
Es desolador comprobar que después de tanto tiempo, trabajo y esfuerzo continuamos prácticamente en el punto de partida y que apenas hemos avanzado. Nos queda mucho camino por recorrer. Debemos, por tanto, seguir trabajando como hasta ahora, con rigor y convicción. Las Administraciones Públicas deben comprometerse ejerciendo una efectiva colaboración con los colegios de abogados. Es esencial la construcción de puentes sólidos forjados en la confianza y con la cooperación de todas las instituciones implicadas. Entre todos debemos tejer una red que salvaguarde los derechos a proteger que son en definitiva los pilares que sustentan nuestro Estado de Derecho, sólo de este modo podremos avanzar.